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.................... S/ INCIDENTE DE SALIDAS TRANSITORIAS

Incidente por salidas transitorias solicitado por el penado Ezequiel Vidal. La Cámara rechazó el recurso de la defensa y confirmó la denegatoria de las salidas transitorias por aplicación del artículo 147, inciso 2, de la ley 12.256 ante la existencia de otra causa en la que existe interés de detención y condena no firme.

Incidente Salidas transitorias Ejecucion penal Ley 12.256 Art. 147 inciso 2 Ley 24.660 Interes de detencion Causa flp 7811/2021/to1 Pena 18 anos Confirmacion de denegatoria.

Actor: El penado Ezequiel Vidal, por medio de su defensor de confianza, Dr. Eduardo José Aguilar, promovió el incidente solicitando salidas transitorias. Demandado: Resolución del Juzgado de Ejecución Penal que negó las salidas transitorias; existe además un interés de detención por parte del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de La Plata en la causa FLP 7811/2021/TO1. Objeto: Acceso al régimen de salidas transitorias. Decisión: La Cámara rechazó el recurso interpuesto por la defensa y confirmó la resolución que denegó las salidas transitorias, con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripciones textuales relevantes del fallo (párrafos seleccionados): "El juez titular del Juzgado de Ejecución Penal rechazó el pedido de egresos transitorios en favor del penado Ezequiel Vidal, básicamente por entender que su situación encaja en la prohibición contenida en el art. 147, inc. 2, de la ley 12.256." "El recurso merece rechazo." " Tanto de la ley nacional 24.660 (art. 17, ap. II), como de la provincial 12.256 (art. 147, inc. 2do.), se desprende, sin margen para interpretación alguna, que no proceden las salidas transitorias para aquellos condenados que tengan otra causa donde interese su detención o condena, aunque la misma no se encuentre firme." "La claridad de las normativas referenciadas exime al juzgador de mayores argumentaciones -máxime cuando no se cuestionó su constitucionalidad-, a poco que nos detengamos a considerar que respecto de Ezequiel Vidal existe un formal y concreto interés de mantenerlo detenido por parte del Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 2 de La Plata en el marco de la causa FLP 7811/2021/TO1 caratulada 'ROLON, GERMAN ALEJANDRO Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737 y ASOCIACION ILICITA' -con declaración de 2da. reincidencia-, y sin soslayar también que en el proceso cuya ejecución se transita se le ha impuesto una pena de 18 años de prisión por delitos graves que vence el 22/11/2029." "Lo expuesto me lleva a proponer al acuerdo el rechazo del recurso de apelación deducido por el defensor privado del penado Ezequiel Vidal, con costas (arts.106, 434, 439, 441, 530, 531 y cc. del CPP)." Voto por la afirmativa del Sr. Juez Dr. Carlos Mario Portiglia; el Sr. Juez Dr. Juan Leopoldo Singla "dio su voto en el mismo sentido, aduciendo análogas razones". Se deja constancia de que el Dr. Beraza no suscribe por licencia. Resolución final: "I) Rechazar el recurso de apelación interpuesto por la defensa privada del penado Ezequiel Vidal y, en consecuencia, confirmar la resolución que no hace lugar a las salidas transitorias, con costas. II) Registrar, notificar y devolver al origen."

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