LOPEZ BENITEZ SEVERO OMAR C/ PROVINCIA ART SA S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
El actor instó acción de revisión de resolución de Comisión Médica jurisdiccional por enfermedad profesional y reclamó prestaciones dinerarias por $2.005.750,65. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró probada la relación causal y condenó a la ART a pagar $11.349.282 más intereses y costas, con inaplicabilidad al caso de la tasa del art.12 L.24.557.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Severo Omar López Benítez (DNI 14.516.618), luego fallecido; la acción continuada por sus causahabientes.
Demandado: Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A., por ser la ART del empleador (Municipalidad de Quilmes).
Objeto: Revisión de resolución de Comisión Médica Jurisdiccional que determinó carácter no profesional de la enfermedad denunciada; reclamo indemnizatorio por enfermedad profesional (lumbalgia, lumbociatalgia, espondiloartrosis lumbar y hernia discal lumbosacra) y prestaciones dinerarias conforme ley 24.557 y modificatorias.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda. Se declaró la inconstitucionalidad sobreviniente del art. 7 de la ley 25.561 y del art.12 de la ley 24.557 (en cuanto impone la tasa activa del BNA) y se condenó a la ART a pagar a los causahabientes la suma de $11.349.282 en concepto de indemnización por incapacidad permanente parcial del 9,7% de la total obrera, con adición de interés compensatorio del 2% anual y actualización por RIPTE en caso de mora; costas a la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo, lenguaje original del Tribunal):
"Con estas declaraciones que me resultaron verosímiles, precisas y veraces, tengo probadas las tareas detalladas por el actor en el líbelo de inicio que implicaban esfuerzo en su columna lumbo sacra, al tener que efectuar movimientos repetitivos de agacharse y estirarse constantemente, para levantar, trasladar, mover o empujar objetos pesados."
"El perito médico en su informe presentado en fecha 20/03/25 refiere que, del examen físico pericial, la anamnesis y los antecedentes posteriores a las lesiones y secuelas demandadas, el actor presenta secuelas compatibles a las actividades realizadas a lo largo de los años. Que después de una exhaustiva evaluación médica (maniobras semiológicas, palpación de cuerpos vertebrales y movilizaciones pasivas) determina que el mismo presenta limitación funcional en columna lumbar. ... Por lo que el porcentaje de incapacidad total asciende a 9,7% de la T.O. de tipo permanente y grado parcial."
"Habiéndose tenido por debidamente probada la patología laboral denunciada por el actor como fundamento de su acción y las secuelas incapacitantes de la misma corresponde resolver el reclamo indemnizatorio impetrado. Atento la fecha de toma de conocimiento de las mismas (5 de octubre de 2022) es indudable que resulta aplicable al caso la Ley de Riesgos del Trabajo (ley 24.557) con las modificaciones introducidas a la misma por las leyes 26.773, 27.348."
"En razón de lo dicho, propongo que la suma de condena se actualice por depreciación monetaria conforme la variación del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (R.I.P.T.E.) ocurrida entre la fecha en que tales sumas se devengaron y la del efectivo pago."
"Por lo hasta aquí expuesto la demanda impetrada deberá prosperar por la suma de pesos once millones trescientos cuarenta y nueve mil doscientos ochenta y dos ($ 11.349.282.-) que la demandada Provincia Aseguradora del Riesgos del Trabajo S.A. deberá abonar ... en concepto de indemnización ley 24.557 modificada por leyes 26.773, 27.348."
- Votos: Los tres jueces (Bozzola, Bártola y Garay) votaron en igual sentido; resolución por mayoría unánime.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: