ROMERO JORGE CARLOS ARIEL C/ GLOBAL TRUCK S.R.L S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
El actor promovió homologación de convenio conciliatorio por litis laboral por suma acordada. El Tribunal homologó el acuerdo por $8.004.000, considerando que no vulnera normas de orden público y reguló costas y honorarios conforme normas aplicables.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Romero Jorge Carlos Ariel.
Demandado: Global Truck S.R.L.
Objeto: Homologación de convenio conciliatorio celebrado entre las partes (acuerdo de extinción/compensación de la relación laboral) por suma convenida.
Decisión: El Tribunal del Trabajo Nº 3 de Morón homologó con fuerza de cosa juzgada el acuerdo conciliatorio suscripto el 09/06/2026 por la suma de $8.004.000, con regulación de costas y honorarios y reglas de pago y apremio en caso de mora.
- Fundamentos principales de la decisión (textos literales relevantes):
"Visto el estado de las presentes actuaciones, los rubros reclamados, el monto convenido y encontrándose controvertida la causal de extinción de la relación laboral, estimo que el convenio que nos ocupa debe ser materia de homologación en virtud de que el mismo no vulnera norma alguna de orden público y se adecua a los dispositivos de los arts. 12 y 15 de la LCT t.o., llegándose a una justa composición de la litis."
"Téngase presente la mora automática y caída de los plazos previstos para el caso de incumplimiento en el depósito en la fecha convenida para su oportunidad. En caso de mora serán aplicados intereses moratorios ajustados a la tasa pasiva determinada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) a estos fines, para el período correspondiente (art. 55 de la ley 27.802)."
"Impóngase las costas de los presentes actuados a la parte demandada (arts. 24 y 89 ley 15.057, 68 C.P.C.C.). Exímese a la demandada del 75% de la tasa de justicia, por lo que deberá abonar por tal concepto la suma de $44.000, con más el 5 % de sobretasa... Dichos montos deberán depositarse dentro del quinto día de notificada la presente... bajo apercibimiento de ejecución."
"Téngase presente el reconocimiento de honorarios y aportes efectuado por la parte demandada ... regular los honorarios del Dr. ADRIÁN GASTÓN PELLEGRINETTI ... en la suma de $ 1.600.800 ... con más el 10 % de aporte legal e IVA si correspondiere... De conformidad con lo dispuesto por el artículo 277 de la LCT y teniendo en cuenta el monto del asunto, el valor, mérito, extensión y calidad jurídica de la labor desarrollada... corresponde regular los honorarios del otro letrado, Dr. RODRIGO SALAVERRY ... en la suma de $ 1.600.800..."
Votos: "Las Sras. Juezas Dras. Graciela Alicia Porta y Carolina Noale votaron en igual sentido por compartir los fundamentos."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: