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SALINAS ABEL ANIBAL C/ PREVENCIÓN ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

El actor promovió acción especial por accidente de trabajo y las partes celebraron un convenio conciliatorio por $18.000.000. El Tribunal homologó el acuerdo por considerarlo ajustado a derecho, declaró la mora automática en caso de incumplimiento y reguló costas y honorarios por $3.600.000 para cada letrado.

Conciliacion Homologacion Accidente de trabajo Lct arts. 12 y 15 Monto $18.000.000 Mora e intereses (art. 55 ley 27.802) Costas Regulacion de honorarios $3.600.000 Cuenta sueldo Tribunal del trabajo n? 3 de moron.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: SALINAS ABEL ANIBAL. Demandado: PREVENCIÓN ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. Objeto: Acción especial por accidente de trabajo y consecuente reclamo indemnizatorio; las partes celebraron un convenio conciliatorio. Decisión: Homologación del acuerdo conciliatorio suscripto el 29/06/2026 por la suma de $18.000.000, con imposición de costas a la demandada (eximiéndosele del 75% de la tasa de justicia por lo cual debe abonar $99.000 más 5% de sobretasa), regulación de honorarios de los letrados y reglas sobre forma de pago, mora e intereses.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Visto el estado de las presentes actuaciones, el informe médico privado, los rubros reclamados y el monto convenido, estimo que el convenio que nos ocupa debe ser materia de homologación en virtud de que el mismo no vulnera norma alguna de orden público y se adecua a los dispositivos de los arts. 12 y 15 de la LCT t.o., llegándose a una justa composición de la litis.-" "Téngase presente la mora automática y caída de los plazos previstos para el caso de incumplimiento en el depósito en la fecha convenida para su oportunidad.
- En caso de mora serán aplicados intereses moratorios ajustados a la tasa pasiva determinada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) a estos fines, para el período correspondiente (art. 55 de la ley 27.802)." Resolutivo (extracto): "1°) Homologar con fuerza y autoridad de cosa juzgada el acuerdo conciliatorio suscripto por las partes en fecha 29/06/2026 por la suma $18.000.000 ( PESOS DIECIOCHO MILLONES) que la demandada se aviene a abonar en la forma estipulada. ... 5º) Costas de los presentes actuados a la parte demandada ... eximiéndose a la misma del 75% de la tasa de justicia, por lo que deberá abonar por tal concepto la suma de $99.000, con más el 5 % de sobretasa ... 6°) Téngase presente el reconocimiento de honorarios y aportes efectuado por la parte demandada ... regular los honorarios de la Dra. FORMIGO FLAVIA YAMILA ... en la suma de $ 3.600.000 ... 7°) Regular los honorarios del restante letrado ... Dr. EZEQUIEL AUGUSTO GONZALEZ ROMANO ... en la suma de $3.600.000 ..." Se consignan además instrucciones sobre acreditación de cuentas bancarias, depósito del capital en cuenta sueldo del trabajador (art. 17 ley 27.348), intimaciones para denunciar CBU/alias y publicidad en el sistema informático, y la obligación de acreditar cumplimiento de aportes bajo apercibimiento.

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