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SILVA DANIEL ALEJANDRO C/ SMG A.R.T. S.A. S/ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

El actor promovió acción especial por accidente de trabajo reclamando diferencias indemnizatorias y prestaciones en especie. El Tribunal hizo parcialmente lugar a la demanda: reconoció indemnizaciones por incapacidad permanente por $12.646.923,33 y rechazó las prestaciones en especie; aplicó intereses y reguló costas y honorarios, con mayoría en el sentido de actualizar por RIPTE y aplicar interés anual del 6%.

Accidente de trabajo Incapacidad permanente Indemnizacion Ripte Intereses 6% anual Prestaciones en especie (rechazo) Iva en costas (controversia) Honorarios Ley 24.557 Ley 26.773

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Daniel Alejandro Silva. Demandado: SWISS MEDICAL ART S.A. (A.R.T. de la empleadora COOTRAPORT LTDA). Objeto: diferencia indemnizatoria por accidente de trabajo ocurrido el 24/02/2015 (IBM declarado $34.128), prestaciones en especie y declaración de inconstitucionalidades vinculadas al régimen de riesgos del trabajo. Decisión: Se hace parcialmente lugar a la demanda. Se condena a SWISS MEDICAL ART S.A. al pago de $12.646.923,33 en concepto de indemnización (art. 14 L.24.557 y art.3 L.26.773); se rechazan las prestaciones en especie; se calculan intereses por $8.613.074,30 (6% anual desde la primera manifestación invalidante 24/02/2015 hasta 26/06/2026), total sentencia $21.259.997,30; costas a la demandada por lo que prospera y al actor por lo rechazado (con beneficio de gratuidad). Reguló honorarios y límites de condena en costas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Que el actor Daniel A. Silva, nació el día 11 de octubre de 1977. Que Silva (al día 24-2-15) trabajaba a órdenes dependientes de Cootraport LTA, como estibador portuario eventual. Que a las 9.30 hs del 24-2-15 el actor sufrió un Accidente de trabajo (v.gr. se golpeó pulgar izquierdo de la mano con una cadena en el buque realizando tareas normales de estibaje). Fecha en la el actor tenía 37 años de edad. Momento en el cual, la cooperativa empleadora lucía cubierta contra riesgos de trabajo en los acotados términos de las leyes 24.557 y 26.773." "Que el IBM art. 12 ley 24.557 de rigor al caso, asciende a aquel juramentado en la demanda, por $ 34.128 (v.fs.27vta pto. E), ello así por imperio del art. 39 ley 11.653 (hoy art. 48 ley 15.057) (de rigor al caso, por efecto de la subrogación legal establecida en el art. 75 LCT) y cuyo apercibimiento aplico en este acto, tras constatar que no obran en autos, elementos de juicio que me permitan razonablemente apartarme del importe salarial indicado en el libelo..." "Que a causa de accidente laboral del día 24/02/2015 sufrió Silva traumatismo en pulgar izquierdo... Que la limitación de la flexión son 2%, los factores de ponderación agregan 10% por dificultad leve para hacer tu trabajo, no amerita recalificación laboral y 2% por mayor de 31 años, por lo que la totalidad es 2% (12% del 2%) son 2,24% de la totalidad obrera según baremo ley 25.557... Que el actor solamente presenta un déficit en un solo dedo (el pulgar). Ello le da una leve dificultad laboral..." "Indemnización art. 14 ley 24.557: 53 x (65 : 37) x 34.128 x 2,24% = ... $ 71.178 ... Indemnización art. 3 ley 26.773: 20% s/ anterior = 20% s/ 71.178 = $ 14.236 ... TOTAL POR EL QUE PROSPERA LA DEMANDA = $ 85.414" "Respecto a los planteos de inconstitucionalidad deducidos en la demanda, dicto su rechazo, por haber sido planteados de modo abstracto y genérico, sin indicar cómo o por qué habrían de ser en el caso concreto de autos... Planteos de inconstitucionalidad algunos de los cuales -a la fecha
- ya han sido rechazados por la SCJBA (autos 'Marchetti', 'Godón', 'Magliano', 'Titos vs Atento', 'Muzychuk', entre otros, y a cuyos fundamentos me remito)." Voto mayoritario (Dres. Ramos y Novoa) sobre actualización e intereses: "Así, efectuado el cálculo $ 85.414 (total indemnizaciones) x 148,066164 (coeficiente obtenido Ripte Abril 2026 -210.043,70 / Ripte Febrero 2015 -1.418,58-) = $ 12.646.923,33... Que aplicando la tasa pasiva digital se encuentra claramente desvirtuado el objetivo reparador de la norma... propongo hacer lugar a la indemnización actualizada por índice Ripte. En este caso, así calculada la indemnización correspondiente los intereses a aplicarse deben serlo a una tasa pura... propongo que la tasa de interés sea del 6% anual desde la primera manifestación invalidante hasta la fecha en que se dicta el presente pronunciamiento... Capital a valor actual: $ 12.646.923,33 interés 6% anual desde 24/02/2015 a fecha de sentencia 26/06/2026 = $ 8.613.074,30. Totalizado capital + intereses = $ 21.259.997,30" Sobre inclusión del IVA en el tope de costas (votos contrapuestos): Voto Scagliotti: "considero que el IVA debe ser incluido dentro del cálculo del tope previsto por los arts. 730 CCyCN y 277 LCT... el Impuesto al Valor Agregado... queda comprendido entre los gastos causados y ocasionados por la sustanciación del proceso y, por ende, estarán a cargo de la o las partes que deban soportar el pago de las costas." Voto Ramos (disidencia parcial): "Disiento... pues en mi opinión el IVA no debe ser incluido dentro del cálculo del tope previsto en la norma... El impuesto al valor agregado (21%), fue concebido como un impuesto que grava al consumo, y por tal motivo indirecto y trasladable al consumidor final, no puede considerarse incluido dentro de los honorarios..."

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