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FISCHBACH WALTER GUILLERMO C/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

El actor promovió acción especial por accidente de trabajo reclamando indemnización por incapacidad permanente parcial por siniestro del 29/06/2018. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/19 y condenó a la ART a abonar $527.550 más intereses y costas, con imposición de costas a la demandada.

Accidente de trabajo Incapacidad permanente parcial Ley 24.557 Baremo Dnu 669/19 inconstitucional Art Indemnizacion Ripte Intereses Costas notas formales: Se consignan montos relevantes: ipp $527.550 Interes devengado calculado hasta la fecha de sentencia $2.459.076 Total de condena al dia de la sentencia $2.986.626 Ingreso base mensual ibm $28.102 86 Porcentaje final aplicado 19.98% (18% + 1.98% factores). Se respetaron las citas textuales del tribunal y la terminologia del fallo.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Walter Guillermo Fischbach, representado por el Dr. Alejo Martín Ernesto Carreras Lobo. Demandado: Prevencion A.R.T. S.A., entidad aseguradora vinculada por contrato de afiliación con el empleador Majnemer Alejandro Fabián. Objeto: Acción especial por accidente de trabajo ocurrido el 29/06/2018, con reclamo de prestación por incapacidad permanente parcial (IPP) y demás accesorios. Decisión: Se hizo lugar a la demanda; se declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/19; se condenó a Prevencion ART SA a pagar $527.550 por IPP (19.98% T.O.) más intereses desde el 29/06/2018; se impusieron costas a la demandada y se regularon honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del Tribunal): "Por otra parte, no pierdo de vista lo informado por la SRT -mediante prueba informativa en fecha 04.11.2021
- de la que surge que en virtud del Expediente administrativo N°35904/21), la Comisión Médica que intervino, calificó el siniestro ocurrido el día 04.11.2021 como un accidente de trabajo, en franca sintonía con lo argumentado por las partes. Sobre esa base, tengo por probado que el día 29.06.2018 la actora WALTER GUILLERMO FISCHBACH sufrió un accidente de trabajo (arts. 354 inc. 1 y 375, CPCC, 6, decreto 717/96)." "Asimismo y del análisis de la prueba rendida, surge con claridad que el perito médico designado en autos, determinó (escrito electrónico del día 27.11.2023), que, como consecuencia del accidente que padeció y en relación causal con ello, la actora sufre de LUMBALGIA CON LIMITACION FUNCIONAL Y RVAN GRADO II CON MANIFESTACION DEPRESIVA, lo que la incapacita en un 18% del índice de la total obrera ... corresponde desestimar las objeciones señaladas. En consecuencia, por los motivos expuestos, tengo por acreditado que, como consecuencia causalmente conectada con el accidente que sufrió, la trabajadora padece una incapacidad definitiva parcial y permanente del 18% de la total obrera." "En suma, se obtuvo un porcentaje total (19.98%) de la incapacidad laboral del trabajador en relación causal directa al hecho de autos (FECHA 29.06.2018) ( 18 % psicofísico + 1.98 % de factores de ponderación). ... Hecha la pertinente comparación, resultando mayor el importe que surge del cálculo de la fórmula polinómica, en definitiva prosperará por la aplicación de ésta la acción. Asimismo el importe aludido ($439.625.-) será incrementado en un 20 %, o sea la suma de $87.925-, conforme art. 3 ley 26.773 lo que arroja un total por todo concepto de $527.550.
- suma por la que estimo la demanda ha de ser declarada procedente." "Declarar la inconstitucionalidad del DNU 669/19 por los fundamentos que in extenso se expusieran en sentencia (Arts. 17, 31 y 99 inc.3 C.N., 10 y 39 inc.3 Constitución provincial, 7 del C.C.y C.)"

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