CHAVEZ BARBARA ANTONELLA C/ GOBERNACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (AUTOSEGURO) Y OTRO/A S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
Acción de revisión por divergencia en determinación de incapacidad por accidente de trabajo y reclamo de indemnización por ILPP. El Tribunal del Trabajo N°3 hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/19 y del art.12.2 de la ley 24.557 (texto conforme ley 27.348) y condenó al Fisco a abonar $24.837.336,26 con costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: CHAVEZ BARBARA ANTONELLA, representada por la Dra. Johanna Florencia Alvarez.
Demandado: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (autoseguro).
Objeto: Revisión de la determinación administrativa de incapacidad y condena por prestaciones dinerarias derivadas de incapacidad laboral permanente parcial (ILPP) por accidente de trabajo ocurrido el 17/11/2022; se solicitó aplicación de actualización vía RIPTE y pago de intereses.
Decisión: Se hizo lugar a la acción; se declaró la inconstitucionalidad del Decreto 669/19 y del art. 12.2 de la ley 24.557 (texto conforme ley 27.348) en cuanto al método de actualización; se condenó al Fisco a pagar prestaciones por ILPP por $20.992.538,46 más intereses (5% anual) por $3.844.797,80, total $24.837.336,26; costas a la demandada; reguló honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes con lenguaje original del Tribunal):
"En resumen de la valoración efectuada anteriormente, quedó acreditado que la contingencia es encuadrable en los términos del art. 6 LRT y que la actora porta un 5,20% de ILPP como consecuencia del mismo. Por ende, se propicia hacer lugar a la pretensión de indemnización derivada de la incapacidad laboral permanente parcial acreditada en autos (art. 14 2.a LRT)."
"En tal virtud, la supremacía del texto constitucional es un pilar basal de nuestro acuerdo fundamental y no puede entonces ser aplicada una regla de derecho que contraviene a la norma fundamental (art. 31, Constitución Nacional). En atención a la palmaria irrazonablidad del quantum que surge de la liquidación realizada, corresponde efectuar el control de constitucionalidad y convencionalidad del art 12 de la LRT conf. ley 27.348 aún de oficio (conf. SCBA 'Zaniratto' L 83781)."
"Alojada la inconstitucionalidad del artículo 12 inciso 2° de la ley 24.557 exclusivamente en el método empleado para la actualización de los ingresos obtenidos de la manera que indica el artículo 12 inc. 1° de ese mismo cuerpo legal, es preciso adoptar un mecanismo razonable... Para ello se la liquidará sobre la base de los salarios obtenidos con arreglo al artículo 12 inc. 1 de la ley 24.557, con lo que alcanza la suma de $ 1.513.079,14 (53 x $ 228.051,45 x 5,20% x 65/27). ... Al trasladar esa proporción al piso mínimo derivado del artículo 2° de la Resolución 15/2026 de la SRT ($ 97.502.420 x 5,20% x 3,45), se obtiene una prestación actualizada de $ 17.493.782,05. En consecuencia, la prestación del artículo 3 de la ley 26.773 asciende a $ 3.498.756,41, de modo que el importe de condena asciende a $ 20.992.538,46."
"Así el monto de condena asciende a la suma de $ 20.992.538,46 (PESOS VEINTE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO CON 46/100), en concepto de prestaciones dinerarias por incapacidad de grado parcial, tipo permanente y carácter definitiva (arts. 6, 12 y 14.2.a., ley 24.557; ley 27.348, art 3 ley 26.773)."
"Tratándose de una deuda determinada a valores actuales, debe aplicarse al tramo comprendido entre el hecho que determina la reparación sistémica y la fecha de emisión de este pronunciamiento una tasa de interés simple... corresponde ... la fijación en un 5% anual, que se devengará entre la fecha de la primera manifestación invalidante, hasta la actualidad. Así el monto de condena asciende a la suma de $ 20.992.538,46 ... Intereses 5% anual desde el 17/11/2022 a hoy: $ 3.844.797,80 Total de la liquidación: $ 24.837.336,26"
- Votos: Voto fundamento extenso de la Jueza Moreyra; adhesión expresa de la Jueza Silva Pelossi y del Juez Menestrina. Sentencia por mayoría (unánime).
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: