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QUIROGA SILVINA NOELIA C/ CHACÒN NÈLIDA LUISA Y OTRO/A S/ DESPIDO

La actora promovió demanda por despido y las partes celebraron un acuerdo conciliatorio por $12.500.000. El Tribunal homologó la conciliación en todos sus términos por entender que constituye una justa composición de los derechos e intereses, reguló costas y honorarios y ordenó el depósito de la Tasa de Justicia a cargo de la demandada.

Conciliacion Despido Homologacion Lct art.15 Ley 15.057 Costas Honorarios Deposito tasa de justicia Intimacion aportes profesionales Monto $12.500.000

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Quiroga Silvina Noelia. Demandado: Chacón Nélida Luisa y Macazaga Claudia Marina. Objeto: Reclamo laboral por despido; las partes celebraron un Acuerdo conciliatorio con suma pactada de $12.500.000. Decisión: Se homologó el acuerdo celebrado el 9/07/2026 en todos sus términos; se impusieron reglas de pago, costas y regulación de honorarios; se intimó a la letrada de la demandada por incumplimientos formales.
- Fundamentos principales de la decisión (texto original relevante): "Atento que lo pactado libremente por las partes, cumple con los recaudos legalmente exigibles para alcanzar una justa composición de los intereses de las mismas, toda vez que no implica renuncias a derechos del trabajador que se supongan reconocidos por el demandado en autos, ni afecta disposiciones de orden público en vigencia, soy de opinión favorable a homologarlo en todas sus partes, en cuanto involucra la totalidad de los rubros reclamados y acuerdo sobre las costas ocasionadas (arts. 15 LCT; 73 y concs. del CPCC; 24, 30 y 89, ley 15.057)." "2) Homologar el Acuerdo celebrado en fecha 9/07/2026 entre las partes, por cuanto se ha alcanzado una justa composición de los derechos e intereses de las mismas (arts. 15 de la L.C.T. y 30 de la Ley 15.057)." "Como se pide costas a la demandada, con excepción de la Tasa de Justicia que será soportada en un 50% por cada parte, eximiéndose a la actora del pago de la misma." "Hágase saber a la demandada que el 50% a su cargo asciende a la suma de $ 137.500, la que deberá ser depositada en el término de cinco (5) días, bajo apercibimiento de ley (art. 337 inc. a) 340 y 343 inc 1° C. Fiscal ..." Otras medidas ordenadas por el Tribunal (texto relevante): "Tiénese a CHACON NELIDA LUISA y MACAZAGA CLAUDIA MARINA por presentadas... No habiendo dado cumplimiento la Dra. Peralta a lo dispuesto por el art. 12 bis de la ley 6716 ... intímasele para que en el término de tres días reponga los aportes correspondientes, bajo apercibimiento de informar a la Caja de Previsión Social para abogados y al Colegio de Abogados según corresponda." "SE ORDENA a la obligada a efectivizar el pago pactado, mediante depósitos en la cuenta denunciada en autos. Cada depósito ... deberá ser justificado en el expediente, acompañando los comprobantes ... dentro de los cinco (5) días de cumplidos." "Regúlanse los honorarios de los profesionales intervinientes ... por la parte actora su letrado Dr. Moscoloni Marco en 50,25 JUS (valor del JUS a la fecha $ 49.750), y por la demandada su letrada Dra. Peralta Andrea Patricia en 50,25 JUS ... habiendo considerado la suma de $ 12.500.000 (monto acordado en la conciliación) ... A estas sumas se adicionará el 10% de recargo de ley ..."

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