MIRAS CARINA LORENA C/ PROVINCIA ART SA S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES N°8
La Dra. Miras promovió demanda de fijación y cobro de honorarios extrajudiciales por su patrocinio en trámite administrativo ante la Comisión Médica Central para el reconocimiento del COVID-19 como enfermedad profesional. El Tribunal hizo lugar y reguló los honorarios en $497.500 (10 jus), con más 10% de aporte legal e IVA en su caso, imponiendo el pago a la ART demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: La Dra. Carina Lorena Miras, matriculada (Tº XV Fº 211 CALZ), por su propio derecho.
Demandado: Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
Objeto: Regulación y cobro de honorarios por actuación profesional desarrollada en el expediente administrativo SRT N° 296202/20 ante la Comisión Médica (CMJ y CMC) por reconocimiento del carácter profesional de la enfermedad COVID-19.
Decisión: Se hace lugar a la demanda y se regulan los honorarios en PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS ($497.500) equivalentes a 10 jus, más 10% de aporte legal e IVA en su caso. Se impone a la ART el pago en el plazo de diez días y las costas a su cargo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los 2-3 párrafos más relevantes, con citas textuales):
"I
- ACTUACIONES PROFESIONALES EXTRAJUDICIALES: El procedimiento ante la CMJ y CMC en materia de Solicitud de Reconocimiento de Enfermedad Profesional Coronavirus reglamentado por las resoluciones de SRT. 38/2020 de fecha 28/04/2020 y 10/2021 de fecha 12/03/2021 ... refieren en su articulo 9ª a la obligatoriedad del patrocinio letrado desde la primera presentación instando las actuaciones y durante todo el procedimiento ... El último párrafo del mentado artículo remite a las disposiciones previstas en el Titulo I, Capitulo IV de la Resolución SRT n° 298 de fecha 23 de febrero de 2017."
"II
- OFICIOSIDAD DE LAS TAREAS: A la luz de ello considero que en el caso de marras, las actuaciones desplegadas por la Dra. MIRAS CARINA LORENA ... resultan claramente oficiosas desde que la CMC reconoció el carácter profesional de la enfermedad coronavirus padecida por su patrocinada, conforme surge del Dictamen Médico de la Comisión Médica Central de fecha 10/05/2021 ... y notificada en igual fecha."
"III
- Determinado el derecho del peticionante a percibir honorarios por su actuación, cabe señalar que los mismos se hallarán a cargo de la demandada por imperio de la regla que sobre el particular impone el art. 1ª de la Ley 27.348 al establecer que 'Los honorarios profesionales que correspondan por patrocinio letrado y demás gastos en que incurra el trabajador a consecuencia de su participación ante las comisiones médicas estarán a cargo de la respectiva aseguradora de riesgos del trabajo (ART)'."
"IV
- En consecuencia entiendo que corresponde determinar en primer término los parámetros que habrán de contemplarse a los fines regulatorios, debiendo destacar que se trata de un proceso sin monto determinado ... propongo regular los honorarios correspondientes a la Dra. MIRAS CARINA LORENA en la suma de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS ($497.500.-) equivalente a 10 jus (cfr. Ac. SCBA 4222/26) con más el 10% de aporte legal (ley art. 12 ley 6716), e IVA en caso de corresponder."
Además, el Tribunal estableció plazo de diez días para depósito de los honorarios, aportes e IVA bajo apercibimiento de ejecución, y ordenó que las costas sean abonadas directamente por la obligada al pago en la cuenta bancaria del profesional, con intimación a denunciar dichos datos y acreditar aportes.
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