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PAZOS MILAGROS BELEN C/ ASOCIART SA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL (3)

La actora reclamó prestaciones dinerarias por accidente de trabajo y secuelas de tobillo izquierdo. El Tribunal hizo lugar a la acción de revisión, revocó el dictamen médico de la CMJ y condenó a ASOCIART SA al pago de $2.244.678,40 por prestación dineraria e intereses.

Accidente de trabajo Revision Incapacidad parcial permanente (12%) Prestacion dineraria Ley 24.557 Ley 27.348 Dnu 669/19 (inconstitucionalidad) Liquidacion indemnizatoria $2.244.678 40 Intereses Costas a la demandada.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: PAZOS MILAGROS BELEN, representada por el Dr. Posca Matías Osvaldo. Demandado: ASOCIART SA Aseguradora de Riesgos del Trabajo. Objeto: Revisión de dictamen de la Comisión Médica y pago de prestaciones dinerarias previstas por las leyes 24.557, 26.773 y 27.348 por accidente de trabajo ocurrido el 4/11/2021; reconocimiento de incapacidad y liquidación indemnizatoria; condena en costas. Decisión: Se hizo lugar a la demanda, se revocó el dictamen de la CMJ y se condenó a ASOCIART SA al pago de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO CON CUARENTA CENTAVOS ($ 2.244.678,40), más intereses, y costas a cargo de la demandada. Se ordenó liquidación, depósito del capital e intereses en 10 días y otras medidas administrativas (oficios, cuenta judicial, etc.).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
- "Atendiendo a la forma como quedó trabada la litis y en ausencia de controversia al respecto, habré de tener por cierto que el accionante mantuvo una relación de trabajo subordinada con un tercero ajeno al proceso... con Gente de Limpieza SA, en calidad de auxiliar de limpieza...".
- "De acuerdo con la prueba pericial médica producida y presentada en autos ... considero que los embates recibidos por la pieza pericial no enervan el valor científico de las mismas ... habré de tener por probado que la actora porta incapacidad física parcial, permanente y definitiva que lo incapacita por padecer: Inestabilidad de tobillo izquierdo: 10% ... Resultado Del Porcentual De Incapacidad: 12%."
- "Toda vez que ha quedado probado en autos que la actora padeció un accidente de trabajo, por el cual porta incapacidad a diferencia de lo dictaminado por la CMJ, entiendo que corresponde hacer lugar a la acción de revisión incoada y revocar el dictamen médico cuestionado."
- "La referida operación matemática arroja un ingreso de $ 122.547.52.
- ($29.825,50 + $ 92.722.52)."
- "Despejado el cuestionamiento constitucional introducido por el DNU 669/19, el procedimiento de cálculo que he dejado propuesto habrá de arrojar un quantum indemnizatorio que asciende a la suma de $ 1.870.565,34.
- (53 X 122.547.52 X 65/27 X 12 %), el cual supera el piso legal fijado por NOTA 49/21 el que ascendiera a la suma de $ 605.328,96.
- ($ 5.044.408x 12 %)."
- "Al monto del capital total de condena ... que asciende a la suma de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO CON CUARENTA CENTAVOS ($ 2.244.678,40 .-), corresponderá adicionar intereses cfr. art. 12 ley 24.557 t.o. ley 27.348, desde la mora en el cumplimiento de la presente sentencia y hasta la fecha de su efectivo pago..."
- Votos: la Dra. María Florencia Blanco Kühne emitió el voto principal y las Dras. Verónica Luján Sanchez y Carolina Noale adhirieron al mismo.

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