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CAMPOYA SANTIAGO URIEL C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ ACCIDENTE IN-ITINERE

El actor demandó a Provincia ART por accidente in itinere y reclamó indemnización por secuelas físicas y psicológicas, y la inconstitucionalidad de normas relativas a la actualización. El Tribunal hizo lugar a la demanda por secuelas físicas, declaró inconstitucionales art. 7 y 10 de la ley 23.928 y art. 4 de la ley 25.561, y condenó a la ART a abonar $67.201.633,00 actualizado por RIPTE.

Accidente in itinere Ley 24.557 Provincia art Indemnizacion por incapacidad (23 4%) Ripte (actualizacion) Inconstitucionalidad art. 7 y 10 ley 23.928 Art. 4 ley 25.561 Dano psicologico (rechazado) Liquidacion $67.201.633 (capital actualizado) Honorarios y costas Tribunal del trabajo n?1 lomas de zamora

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Campoya Santiago Uriel, por medio de apoderado Dr. Leonardo Molina. Demandado: Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A., representada por Dra. Hernán Capolupo. Objeto: Accidente de trabajo in itinere ocurrido el 13/12/2023; indemnización por secuelas físicas y psicológicas; declaración de inconstitucionalidad de art. 7 y 10 de la ley 23.928 y art. 4 de la ley 25.561. Decisión: Se hizo lugar a la demanda por las secuelas físicas; se desestimó el reclamo por daño psicológico; se declaró la inconstitucionalidad de art. 7 y 10 de la ley 23.928 y art. 4 de la ley 25.561; se condenó a Provincia ART a pagar la suma de $67.201.633,00 (capital de sentencia actualizado conforme RIPTE) dentro de diez días; se impusieron costas a la demandada y se regularon honorarios y peritajes.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas relevantes): 1) "Atento el tenor de los extremos que surgen del escrito constitutivo de la legitimada pasiva, debemos concluir que no existe controversia respecto de la existencia del vínculo laboraticio ni del acaecimiento del siniestro que conforma el presente debate... la demandada ha reconocido particularmente la recepción de la denuncia del accidente, así como también haberle dado las prestaciones específicas que la ley establece hasta el alta médica y también la tramitación de las actuaciones administrativas , lo cual autoriza a tenerlo por cierto tanto la existencia del vínculo como el acaecimiento del siniestro." 2) "En cuanto a la existencias de secuelas físicas incapacitantes, debe estarse a lo informado por el perito médico actuante, en el dictamen obrante en autos a fs. 67, de donde surge que la parte actora detenta Cervicalgia postraumática con limitación funcional y Lesión acromioclavicular derecha con tendinitis del supraespinoso y limitación funcional que le genera un 23,4% de la total obrera... Respecto de la existencia de secuelas psicológicas incapacitantes, el perito actuante en su dictamen de fs. 63 ha erradicado la existencia del mismo." 3) "Estimo que existen elementos suficientes para acoger favorablemente la pretensión referida a la daños físicos reclamados en los términos del régimen prestacional dinerario previsto en la ley 24.557, con las modificaciones introducidas por la ley 26.773 (art. 11, 12, 14 y ccdtes. ley 24557, art. 3 y 17 ley 26.773)." 4) Sobre base de cálculo: "estimo que debe estarse a la suma de $567.480,46 monto que resulta ingreso base mensual acreditado por el dictamen pericial contable de fs. 45 y el parámetro legal de determinación contenido en el art. 12 de la ley 24.557." 5) Sobre el tratamiento de la impugnación constitucional y justificación de la declaración: "Partiendo de tales recomendaciones, es importante tener en cuenta que en el caso de marras... la única diferencia de valor comprendida en el planteo es aquella que pudiera surgir por el daño moratorio... los intereses devengados en tal periodo se deberían liquidar en la suma de $23.617.724,00... Conforme la evolución del RIPTE desde la fecha del siniestro, el valor actualizado del monto de capital de sentencia conforme el último índice publicado a la fecha de éste decisorio asciende a la suma de $67.201.633,00. Se advierte en forma palmaria al confrontar dicha suma con la generada por la tasa legal una excesiva diferencia económica en perjuicio del trabajador... corresponde declarar la inconsitucionalidad del art. 7, 10 de la ley 23.928 y art. 4 de la ley 25.561 (art. 1, 17, 18, 28 CN SCBA 17/4/2024 C 124.096 'BARRIOS HECTOR FRANCISCO Y OTRA C/ LASCANO SANDRA BEATRIZ Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS')." 6) Resolución dispositiva (transcripción breve): "I
- Desestimar el rubro referido a daño psicológico... II
- Declarar la inconstitucionalidad del art. 7, 10 de la ley 23.928 y art. 4 de la ley 25.561. III
- Hacer lugar a la demanda... condenando a PROVINCIA ART S.A., a abonar al actor... la suma de pesos $67.201.633,00 tomándose en cuenta la el valor del capital de sentencia actualizado conforme el último índice RIPTE publicado a la fecha de la sentencia... IV
- Imponer las costas a la demandada vencida."
- Votos: Los Dres. Saccardo y Rinaldi votaron en idéntico sentido que el Dr. Budnik; decisión por mayoría unificada.

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