TEJIDO KARINA ANDREA C/ AUTOSEGURO GOBERNACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ APELACION DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA
La actora promovió revisión de secuelas por accidente de trabajo in itinere reclamando incapacidad física y psíquica. El Tribunal rechazó la demanda por no acreditarse incapacidad indemnizable, fundando su decisión en la pericia médica que concluye terminantemente ausencia de incapacidad vinculada al siniestro.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Karina Andrea Tejido, representada por el Dr. Daniel Exner.
Demandado: Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires (autoseguro).
Objeto: Revisión de secuelas por accidente de trabajo in itinere del 27/09/2024; reconocimiento de incapacidad y reparación indemnizatoria por secuelas físicas y psíquicas.
Decisión: Se rechazó en todos sus términos la demanda por carecer de causa legal que la sustente; costas a la actora con beneficio de la ley del rito; regulación de honorarios y peritos.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes en lenguaje original del Tribunal):
"En la obrante realizada por el perito designado en autos, afirma de manera científica, fundada y categórica, la carencia de incapacidad originada o atribuible al accidente de trabajo denunciado, ratificado en varias oportunidades al contestar sendas impugnaciones de la parte actora. En función de ello, resulta innecesario el análisis de los restantes hechos enunciados."
"La actora promovió demanda para el cobro por la reparación de la disminución física que dijo padecer a consecuencia del accidente padecido... incumbía, a la actora, para lograr el objetivo de la acción intentada, probar que era portador de incapacidad indemnizable y ésta tenía vinculación con el accidente de trabajo padecido, hechos que no se verificaron en autos ya que no padece daño alguno conforme las conclusiones de la pericia médica de manera terminante, relacionada con el supuesto grave accidente que se ha dicho padecer (art.375 del CPCC)."
"Consecuentemente, la demanda no puede prosperar con sustento en la disposición legal enunciada, porque la actora no pudo demostrar padecer incapacidad alguna relacionada con el siniestro padecido y cuya reparación perseguía. Por lo antes dicho, la demanda debe ser rechazada en todos sus términos por carecer de causa legal que la sustente (art. 726 del C.Civil y Com. Leyes 24557, 26773 y 27348)."
Decisiones accesorias: costas a la actora vencida con beneficio de la ley del rito (arts. 24, 25 y 27 ley 15.057). Regulados honorarios del apoderado en 15 jus arancelarios y honorarios de peritos contador y médico en $200.000 cada uno, con más el 10% por aportes y 21% de IVA cuando corresponda.
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