Logo

ARCE GUSTAVO ALBERTO C/ LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGO DE TRABAJO SA S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL

El actor promovió acción contra la A.R.T. por enfermedad profesional y las partes celebraron un acuerdo transaccional para poner fin al pleito. El Tribunal homologó el acuerdo (art. 15 L.C.T.), reguló honorarios y costas a cargo de la parte demandada, e impuso la tasa de justicia y montos de honorarios y pericias.

Homologacion de acuerdo Enfermedad profesional Art L.c.t. art. 15 Honorarios profesionales Costas a la demandada Tasa de justicia $396.000 Peritos (honorarios $900.000 c/u) Transferencia a cbu / cuenta sueldo Regulacion de emolumentos nota: se consignaron los montos y las normas expresamente citadas en la resolucion tal como obran en el expediente.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: ARCE GUSTAVO ALBERTO. Demandado: LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGO DE TRABAJO SA. Objeto: Reclamo por enfermedad profesional; convenio transaccional presentado para extinguir la litis. Decisión: Se homologó el acuerdo presentado a fs. 116 conforme art. 15 L.C.T.; se impusieron las costas a la parte demandada; se regularon honorarios profesionales y de peritos; se fijó tasa de justicia y se impartieron instrucciones para la acreditación y transferencia de los fondos.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes del fallo): "En el acuerdo transaccional al que arriban las partes para poner fin al pleito, concurren los requisitos exigidos por la ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas, conforme se los planteara en la controversia sometida a decisión del Tribunal y al estado actual de las presentes actuaciones.
- Consecuentemente, correspondería homologar el mismo (art. 15 L.C.T.) regulando los honorarios de los profesionales intervinientes e imponiendo las costas a la parte demandada.-" "POR TODO ELLO, atento a lo peticionado, deliberado y votado, el Tribunal RESUELVE: Homologar el acuerdo presentado a fs. 116 (art. 15 L.C.T.). Con costas a la parte demandada (art. 24 y 26 Ley 15.057).- ....Habiendo sido necesaria la intervención jurisdiccional, hágase saber que el importe de la tasa de justicia asciende a la suma $ 396.000 (arts 337 y 340 Ley 10.397)." "Regulase los honorarios de los Dres. ROBILOTTA LAURA LUCRECIA (26.372.090) en la suma de $3.600.000 (72,36 JUS), SALA JUAN PABLO (21.671.301) en la suma de $ 1.800.000 (36,18 JUS) y GENITO MICAELA FERNANDA (28.505.344) en la suma de $ 1.800.000 (36,18 JUS), con más el 10% ... e IVA si correspondiere y los de los peritos médico DEBORA LUISA AROCHA, contadora MARIA JIMENA LAVECCHIA CHAS e ingeniero MIGUEL EDUARDO BASS en las de $900.000 cada uno, con más las respectivas adiciones legales ... e IVA si correspondiere." "Hágase saber a la ART que conforme el art. 17 de la ley 27.348 todas las prestaciones dinerarias e indemnizaciones que se practiquen administrativa o judicialmente, deberán ser depositadas en la 'cuenta sueldo' del respectivo trabajador, creada en virtud de lo establecido en la ley 26.590 ..."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar