SUAREZ JOAQUIN DARIO C/ EXPERTA ART SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
Demanda por accidente de trabajo contra la aseguradora de riesgos del trabajo (ART) y acuerdo transaccional homologado por el Tribunal. El Tribunal homologó el acuerdo presentado (art. 15 L.C.T.), reguló honorarios, y condenó en costas a la parte demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Suárez Joaquín Darío.
Demandado: Experta ART S.A.
Objeto: Acción especial por accidente de trabajo (expte. 63453), puesto fin al pleito mediante acuerdo transaccional presentado a fs. 46.
Decisión: Homologó el acuerdo transaccional; impuso costas a la parte demandada; reguló la tasa de justicia, honorarios de letrados y honorarios de peritos; dispuso instrucciones para la transferencia de las prestaciones e indemnizaciones a cuenta sueldo y requerimientos de datos bancarios y documentación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje del Tribunal):
"En el acuerdo transaccional al que arriban las partes para poner fin al pleito, concurren los requisitos exigidos por la ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas, conforme se los planteara en la controversia sometida a decisión del Tribunal y al estado actual de las presentes actuaciones.
- Consecuentemente, correspondería homologar el mismo (art. 15 L.C.T.) regulando los honorarios de los profesionales intervinientes e imponiendo las costas a la parte DEMANDADA.-
ASI LO VOTO."
"POR TODO ELLO, atento a lo peticionado, deliberado y votado, el Tribunal RESUELVE: Homologar el acuerdo presentado a fs. 46 (art. 15 L.C.T.). Con costas a la parte DEMANDADA (art. 14 y 26 Ley 15.057).-
Habiendo sido necesaria la intervención jurisdiccional, hágase saber que el importe de la tasa de justicia asciende a la suma $ 374.000 (arts 337 y 340 Ley 10.397)
Regúlanse los honorarios de los Dres. CAAMAÑO GOMEZ LORENA PAULA (24.791.793) en la suma de $ 2.2600.000 (45.42 JUS) y MATEO SANDRA NAZMI (17.588.678) en las sumas de $1.140.000 (22.91 JUS) Y PINTO KRAMER MARTIN (14.430.610) en la suma de $ 2.2600.000 (45.42 JUS) respectivamente, con más el 10% (...) e IVA si correspondiere y los de los peritos MEDICO JORGE LUIS BOGACZ, CONTADOR CLAUDIA ANDREA VALLEJO Y PSICOLOGA ROJAS MONICA RUTH en las de $ 149.250 respectivamente, con más las respectivas adiciones legales (...); e IVA si correspondiere."
"Hágase saber a la ART que conforme el art. 17 de la ley 27.348 todas las prestaciones dinerarias e indemnizaciones que se liquiden administrativa o judicialmente, deberán ser depositadas en la 'cuenta sueldo' del respectivo trabajador, creada en virtud de lo establecido en la ley 26.590 y normativa complementaria y siempre que aquella se encuentre disponible.
Hágase saber al actor a que deberá comunicar a la ART demandada entidad y sucursal Bancaria; CBU ; Número de cuenta y CUIL bajo su titularidad a la cual se transferirán los fondos que le correspondieren (art 277 LCT modificada por ley 27802)."
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