DEMARE ANGELES JIMENA MAGALI C/ LA CHIMBOTANA S.A.S S/ DESPIDO
La actora reclamó indemnizaciones por despido e incumplimientos laborales y pidió sanciones y certificados art. 80 LCT. El Tribunal del Trabajo Nº1 hizo lugar parcialmente a la demanda, declaró injustificado el despido por abandono y condenó a la empleadora a pagar $673.406,81 más intereses calculados conforme el art. 55 de la ley 27.802; rechazó multas del art. 9 Ley 24.013 y art. 80 LCT.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Angeles Jimena Magalí Demare.
Demandado: La Chimbotana S.A.S.
Objeto: Indemnizaciones derivadas del despido (integración mes de despido, preaviso, indemnización por antigüedad, Decreto 886/21, vacaciones proporcionales), indemnizaciones previstas por art. 15 Ley 24.013 y art. 2 Ley 25.323; entrega de certificado art. 80 LCT; multas y costas.
Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se declaró injustificado el despido (imputado por la empleadora como abandono) y se condenó a La Chimbotana S.A.S. a pagar la suma de $673.406,81 por los rubros detallados; se desestimó el planteo de inconstitucionalidad del art. 55 Ley 27.802 y se ordenó aplicar dicha norma para el cálculo de intereses desde el 22/03/2022; se rechazaron la multa del art. 9 Ley 24.013 y la multa del art. 80 LCT; se impusieron las costas a la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
1) Sobre la acreditación de la relación laboral y fecha de ingreso:
"El testimonio aportado, la inexistencia de prueba en contrario por parte de la demandada, sumado a la falta de exhibición de libros laborales, toda vez que la pericia contable fue realizada conforme pautas de demanda, por no haber puesto la ex empleadora la documentación laboral a disposición, ha tornado operativo el apercibimiento que contenía el art. 39 de la ley 11653 (actual art. 48 Ley 15.057), y por lo tanto por acreditada la fecha de ingreso denunciada en demanda, esto es 1/04/2021 (art. 54 y 54 Ley 15.057 y arts. 52 inc. 'd' y 55 LCT)."
2) Sobre la calificación de tareas:
"En consecuencia, atento a las declaraciones de los testigos aportados por ambas partes, la falta de exhibición de libros laborales ... y la inexistencia de producción probatoria en contrario por el sector accionado, concluyo que la actora se ha desempeñado para la demandada prestando las tareas comprendidas dentro de la categoría 'Cocinera' del CCT 389/04 (art. 54 y 57 Ley 15.057, art. 375 C.P.C.C.)."
3) Sobre la configuración del despido y su injustificación:
"Tal es así que resultó también acreditado que Demare procuró que la empleadora registrara correctamente la relación laboral, haciéndole saber que estaba ejerciendo el derecho de retener tareas hasta que ésta diera cumplimiento a sus reclamos (arts. 1031 y 1032, Código Civil y Comercial), y respondió al emplazamiento cursado por aquélla, exponiendo los motivos que motivaron sus inasistencias, demostrando su intención de conservar el contrato de trabajo (ver CD del 17/03/2022). ... Así, la decisión de la demandada de rescindir el contrato de trabajo por abandono (art. 244 LCT) careció de justa causa y, por ende, el despido decidido resultó injustificado."
4) Sobre intereses y rechazo de la inconstitucionalidad:
"En tal sentido, considero que antes de descalificar la regla del art. 7 de la ley 23.928, en el caso debe acudirse a la aplicación de una de las tasas de interés de las admitidas por el art. 768 del Código Civil y Comercial... propongo desestimar el planteo de inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 28.702 interpuesto por la parte actora ... y adicionar intereses moratorios desde la fecha de exigibilidad de los créditos devengados en favor del trabajador (22/03/2022) ... calculados conforme lo prescripto en el artículo 55 de la ley 27.802 ... debiendo estarse al valor que, cumpliendo con las tres condiciones, corresponda."
- Votos: El voto principal fue del Juez Bordino; los jueces Vigliarolo y Marcasciano adhieren, por lo que la decisión se adoptó por unanimidad del Tribunal.
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