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CANTERO DEBORA DANIELA C/ BUONO ANALÍA VICTORIA Y OTROS S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

Solicitud de homologación de convenio laboral por la actora contra Buono y otros. El Tribunal rechazó la homologación por considerar que el acuerdo no constituye una justa composición de derechos e intereses y que su aprobación vulneraría principios de orden público laboral, por falta de documentación objetiva que respalde los hechos.

Homologacion de convenio Rechazo Derecho tutelar Lct art.15 Documentacion probatoria Orden publico laboral Constitucion pba art.39 Art.14 bis cn Sin costas Tribunal del trabajo n?1 avellaneda

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Cantero Débora Daniela. Demandado: Buono Analía Victoria y otros. Objeto: Petición de homologación de acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes. Decisión: Se rechazó la solicitud de homologación del acuerdo conciliatorio. No se impusieron costas.
- Fundamentos principales de la decisión (texto literal relevante del fallo): "Teniendo en cuenta los términos del acuerdo conciliatorio presentado por las partes, así como la falta de documentación respaldatoria de los hechos invocados, y considerando que este Tribunal debe juzgar conforme a los principios que informan el derecho tutelar, no contando con elementos objetivos suficientes para efectuar una adecuada valoración, estimo que el acuerdo conciliatorio no configura una justa composición de derechos e intereses de las partes en los términos del art.15 de la LCT (conf. art. 7 de la ley 27.802)." "En consecuencia, entiendo que su homologación implicaría vulnerar principios de orden público laboral (arts. 39 inc. 3° de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires; art. 14 bis de la C.N.), por lo que propongo desestimar la misma. VOTO POR LA NEGATIVA." Resolución final del Tribunal: "I.
- RECHAZAR la petición de la homologación del acuerdo presentado por las partes (arts. 2 ley 15.057; art. 15 de la LCT conf. art. 7 ley 27.802). II.
- Sin costas en virtud del objeto del presente y lo resuelto (art. 24 ley 15.057). III.
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE."
- Votos: El Dr. Valcarce votó por la negativa y el Dr. Gabriele y la Dra. Cáceres adhieren al voto precedente compartiendo sus fundamentos y votan en igual sentido.

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