GARCIA CLIMENT MATIAS CHRISTIAN Y OTRO/A C/ EXPERTA ART S.A. S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Los actores promovieron ejecución de honorarios contra Experta ART S.A. solicitando el cobro de honorarios profesionales. El Tribunal decretó la caducidad de instancia por inactividad procesal posterior a la intimación del 06/07/2026 y condenó en costas, regulando honorarios a favor de las abogadas intervinientes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: GARCIA CLIMENT MATIAS CHRISTIAN y otro/a.
Demandado: EXPERTA ART S.A.
Objeto: Ejecución de honorarios.
Decisión: Se decretó la caducidad de la instancia por inactividad procesal, con costas por su orden y regulación de honorarios de las profesionales intervinientes.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- Voto del Dr. Valcarce:
"Sabido es que en el procedimiento laboral la caducidad de instancia debe aplicarse con criterio restrictivo, en virtud de las facultades que la propia ley confiere a los Tribunales del Trabajo para instar la actividad procesal de las partes (arts. 11 y 12 de la ley 15.057).
Así entonces, la perención de instancia sólo procedería cuando el órgano jurisdiccional se encuentra impedido de ejercer ese impulso, previa intimación a las partes a fin de activar el procedimiento, tal y como sucede en el sublite.
De lo expuesto se desprende que la conducta de las partes con posterioridad a la intimación dispuesta con fecha 06/07/2026, obstaculiza la normal tramitación del juicio, dejando transcurrir el plazo fijado por el art. 11 de la ley citada.
Consecuentemente, voto por declarar la caducidad de la instancia en autos, con costas por su orden (arts. 24 y ccdts de la ley 15.057)
ASI LO VOTO"
- Resolución del Tribunal:
"I. Decretar la caducidad de instancia en las presentes actuaciones (art. 11 y 89 de la ley 15.057 y arts. 311 y ccdts del CPCC) .-
II. Costas por su orden (arts. 24 y ccdts, de la ley 15.057).-
III.
- Regular los honorarios de los profesionales intervinientes: Dras, TOROS TAMARA ALDANA y DEMIERRE MARIA EUGENIA en 7 JUS cada una, con más el 10 % de aportes (leyes 14.967, 6716 y 8455), e IVA en caso de corresponder."
- Adhesión: "Los Doctores Gabriele y Cáceres adhieren al voto precedente por compartir sus fundamentos y votan en igual sentido."
- Notificación sobre regulación de honorarios (art. 54 ley 14.967):
"Las providencias que regulen honorarios deberán ser notificadas personalmente, por cédula a sus beneficiarios, al mandante o patrocinado y al condenado en costas, si lo hubiere... Los honorarios regulados por trabajos judiciales deberán abonarse dentro de los diez (10) días de haber quedado firme el auto regulatorio."
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