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GARCIA SEBASTIAN RAUL C/ VECINI JULIAN MARTIN S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

El actor promovió homologación de convenio transaccional para poner fin a una controversia laboral y cobrar la suma acordada. El Tribunal homologó la transacción por ser una manifestación bilateral que no afecta el orden público, ordenó el depósito en cuenta bancaria del actor y reguló costas y honorarios.

Homologacion Transaccion Lct Deposito en cuenta Costas por su orden Honorarios Cuenta dni $4.000.000 Regulacion de honorarios Art. 15 lct

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Sebastián Raúl García. Demandado: Julián Martín Vecini. Objeto: Homologación de transacción celebrada entre las partes que pone fin a la relación controvertida y acuerda el pago de PESOS CUATRO MILLONES ($4.000.000,00) por todos los rubros reclamados. Decisión: Se homologó la transacción con las condiciones pactadas, se dispuso el pago mediante depósito en la cuenta denunciada por el actor dentro de cinco días de su cumplimiento, se impusieron las costas por su orden, se eximió al obligado al pago del 50% del sellado, y se regularon y ordenaron los honorarios de los letrados intervinientes.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones y citas textuales relevantes): "Que las partes convienen que las costas del presente juicio serán soportadas por su orden (arts. 73 del C.P.C. y C. y 24 y 89 ley 15.057, conf. Res. 1840/2024 SCBA)." "Que la referida Transacción es una manifestación bilateral de voluntades que no afecta el orden público y que en tal caso se ha alcanzado una justa composición de los derechos e intereses de las partes conforme lo dispone el art. 15 de la L.C.T.." "Que atento a ello y lo prescripto por los Arts. 1.641; 1.643 y 1.644 del Código Civil y Comercial, con el alcance del art. 1.642 del citado código y art. 15 de la L.C.T., entiendo que, previo cumplimiento de lo dispuesto por el art. 20 de la ley 6716, debe hacerse lugar a la homologación solicitada, dando por concluido el juicio." "Se autoriza a la obligada al pago a efectivizar el importe acordado mediante depósito en la cuenta de titularidad exclusiva del actor denunciada en el párrafo precedente." Texto del pacto transcripto en la resolución (extracto clave): "Sin reconocer relación laboral alguna, ni la deuda salarial invocada por el Sr. García, únicamente a los fines conciliatorios ... el Sr. Julián Martín VECINI ofrece abonarle al Sr. Sebastián Raúl García, y éste acepta, la suma única, total y definitiva de PESOS CUATRO MILLONES ($4.000.000,00) por todos los rubros y montos reclamados ... 2.
- El monto objeto del presente acuerdo transaccional será abonado a los cinco días de homologado el presente acuerdo transaccional... A los fines de depositar el capital homologado, el Sr. García denuncia su Cuenta DNI del Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal Pehuajó, Caja de Ahorros N° 6782-514688-7, CBU 0140324203678251468875, alias ROPA.COLOR.COCO ..." Disposiciones operativas relevantes: "El pago realizado de la forma indicada deberá ser justificado en el expediente mediante constancia adjunta que acredite su cumplimiento en el término de cinco (5) días de su cumplimiento. Se hace saber a las partes que todo pago que no cumpla con lo indicado será nulo de pleno derecho (art 277 LCT)." Regulación de honorarios: "Regular los honorarios profesionales devengados por los Dres. CLAUDIO GARRONE Y ESTEFANÍA MARTÍN, en la en la cantidad de 16,08040201005025 Jus y de 16,08040201005025 Jus, respectivamente, a las que se adicionará el 10% que determina el art. 12 de la ley 6.716 ..."

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