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ODDO FRANCO EZEQUIEL C/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ MATERIA A CATEGORIZAR

Solicitud de regulación de honorarios por actuación ante Comisión Médica por divergencia en determinación de incapacidad. El Tribunal hizo lugar y reguló honorarios por las actuaciones administrativas en 37,93 JUS para la actuación del Dr. Franco Ezequiel Oddo, imponiendo las costas a la demandada y fijando plazo de pago de 10 días.

Regulacion de honorarios Comision medica jurisdiccional Honorarios extrajudiciales Jus arancelarios Fisco provincia de buenos aires Costas Ley 14.967 Ley 6.716 Iva Plazo de pago 10 dias.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Dr. Franco Ezequiel Oddo, quien solicita regulación de honorarios por su intervención como representante de la Sra. Norma Beatriz Etcheverry ante la Comisión Médica Jurisdiccional (Expte. Administrativo N° 150121/25). Demandado: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Objeto: Regulación de honorarios profesionales por trabajos extrajudiciales/administrativos (actuaciones ante Comisión Médica) y eximición de pago de Bono Ley, Jus Previsional y Tasa de Justicia. Decisión: Se hizo lugar al pedido de regulación de honorarios del Dr. Oddo; se regulan 37,93 JUS arancelarios por la actuación en el expediente administrativo N° 150121/25, con más aportes de ley e IVA si corresponde; se impusieron las costas a la demandada; se regularon además 7 JUS por las actuaciones en estos autos; plazo de pago: diez (10) días de quedar firme el decisorio; se ordenó liquidación por Secretaría y apertura de cuenta judicial para depósito.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "En el sub lite, existiendo monto cuantificado en Expte N° 150121/25, corresponde encuadrar en la opción a conforme DIAPA-2025-1070
- -APN-SHC14#SRT de fecha 11/06/2025 homologó acuerdo por la suma de $ 11.750.363,09. El 13,12% resulta la suma de $ 1.541.647,63 lo que representa regular honorarios por las actuaciones administrativas en la suma equivalente en pesos a 37,93 JUS arancelarios (valor $ 40.648 conf. Ac. 4190/2025 SCBA), con más aportes de ley (Ley 6716) e IVA si correspondiere." "I.
- HACER LUGAR al pedido formulado por el Dr. FRANCO EZEQUIEL ODDO y REGULAR sus honorarios profesionales por la actuación profesional cumplida ante la Comisión Médica Jurisdiccional en el Expediente Administrativo N° 150121/25 por divergencia en la determinación de la incapacidad como letrado patrocinante de la trabajadora Norma Beatriz Etcheverry, en 37,93 JUS ARANCELARIOS (conf. arts. 44 y 45 último párr. de la Ley 14.967), con más aportes de ley (Ley 6.716) e IVA, en el caso de que el profesional acredite su condición de Responsable Inscripto; que deberá ser abonado por la demandada en el plazo de diez (10) días de quedar firme el presente decisorio (conf. art. 54 Ley 14.967)." "III.
- REGULAR los honorarios profesionales devengados en autos por el Dr. FRANCO EZEQUIEL ODDO en la cantidad de 7 JUS ARANCELARIOS (conf. art. 22 de la Ley 14.967).
- A la regulación precedente deberá adicionarse los aportes de ley (conf. art. 12 inciso a) y 16 de la Ley 6.716); y el 21% en concepto de IVA, para el supuesto de que el profesional acredite su carácter de responsable inscripto."
- Votos: el Dr. Mauro Adrián Rodríguez emitió el voto inicial con los fundamentos anteriores; el Dr. Roberto Yannibelli y la Dra. María Clarisa Baldoni adhirieron (Yannibelli con salvedad de criterio personal y remisión a precedentes).

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