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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ AYMA QUIMICOS S.R.L. S/ APREMIO PROVINCIAL

Apremio provincial contra AYMA QUIMICOS S.R.L. por deuda fiscal por $42.332,10 más intereses. El Tribunal hizo lugar al pedido de trance y remate, ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro y constituyó el domicilio ad litem de la demandada; impuso costas a la vencida.

Apremio provincial Ejecucion fiscal Fisco provincia de buenos aires Trance y remate Pago $42.332 10 Intereses art. 104 codigo fiscal Domicilio ad litem Costas a la vencida Ley 13.406 Regulacion de honorarios.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: AYMA QUIMICOS S.R.L. Objeto: Ejecución fiscal mediante apremio provincial por el capital reclamado de Pesos CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y DOS CON 10/100 ($42.332,10), con aplicación de intereses conforme artículo 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Decisión: Se hizo lugar a la causa de trance y remate, ordenando llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado y sus intereses; se tuvo por constituido el domicilio ad litem de la demandada; costas a la vencida; difiérese la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "No habiendo la parte accionada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 7, 10, 25 y concs., ley 13.406; 116 y 155, CPCC)" "Se deja constancia que la parte demandada en el presente proceso de apremio, fue intimada de pago en el domicilio oportunamente denunciado, según consta en el mandamiento de intimación de pago y citación para la defensa adunado en forma electrónica, haciéndose saber al apoderado fiscal que deberá conservar el mandamiento original oportunamente librado en autos." "FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte accionada, AYMA QUIMICOS S.R.L. haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado el cual se eleva a la suma de Pesos CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y DOS CON 10/100 ($42.332,10). A dicho monto se le aplicarán los intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago. Hallándose la parte encartada debidamente anoticiada del apercibimiento dispuesto en la primera providencia dictada en autos, conforme emerge de los términos del mandamiento ut supra mencionado, corresponde tener por constituído en los estrados del Juzgado, el domicilio ad litem correspondiente a la misma. Las costas se imponen a la vencida (arts. 7, 10, 24, 25 y concs. de la ley 13.406; 41, 68, 556, ss. y concs., CPCC). Difiérase la regulación de honorarios para su oportunidad (art. 51, ley 14.967)."

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