BARTKOFF SANDRA NANCY C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ AMPARO POR MORA
Amparo por mora contra el Instituto de Previsión Social por supuesta omisión en la rectificación y pago de módulos jubilatorios. El Tribunal desestimó la acción por improcedente en vía de amparo por mora, sosteniendo que la vía no es idónea para modificar el pago ni rectificar códigos jubilatorios y que no se acredita mora administrativa aplicable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Bartkoff Sandra Nancy, DNI 14142600, por derecho propio.
Demandado: Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.
Objeto: Acción de amparo por mora respecto del expediente administrativo N°21557427302017001, solicitando orden judicial de pronto despacho y rectificación/pago por diferencia de módulos (se reclama que la documentación acredita 12 módulos pero por error material se abonaron solo 11).
Decisión: Desestimar la acción de amparo por mora; imponer costas a la actora; regular honorarios en 5 JUS para el letrado de Fiscalía de Estado más aportes e IVA; apertura de cuenta judicial.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Que, en la fecha 20/04/2026, se presentó la Dra. María Azul Demurtas, en carácter de apoderada de la Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires oponiendo excepción de litispendencia en relación a que el objeto del presente amparo por mora resulta ser idéntico al reclamado en la causa 'BARTKOFF SANDRA NANCY C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL S/ AMPARO POR MORA' / Causa N° 74523 de trámite por ante el Juzgado de 1º Instancia en lo Contencioso Administrativo Nº 2 Departamento Judicial La Plata que fue iniciado en fecha 31/08/2022."
"Que sin abrir juicio sobre el fondo de la cuestión en debate, toda vez que ello excede el estrecho marco de conocimiento atribuido a esta acción por el Código Contencioso Administrativo, corresponde verificar la existencia de la mora denunciada por la parte accionante."
"La acción de amparo por mora tiene un restringido marco de conocimiento (hacer cesar la inactividad formal de la administración en el marco de un procedimiento administrativo originada en el vencimiento de los plazos normativamente establecidos para la emisión de actos preparatorios, de trámite o definitivos) y, por ende, la condena tiene un limitado alcance: ordenar que la Administración despache las actuaciones, dictando el acto (preparatorio, de trámite o definitivo) que corresponda, pero no puede indicarle el sentido en que la Administración ha de pronunciarse, ni tampoco subsanar una omisión material (vgr., ejecución de lo decidido en sede administrativa)."
"En el caso de autos, de las constancias obrantes, no advierto la existencia de mora que haga procedente la pretensión incoada; por cuanto si la Administración emite un pago indebido o la modificación en el código jubilatorio, ello no da lugar a un amparo por mora. Consecuentemente corresponde desestimar la demanda de autos."
Resolución dispositiva relevante:
"1. Desestimar la acción de amparo por mora deducida en autos, por BARTKOFF SANDRA NANCY contra el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (art. 76 del CCA).
2. Imponer las costas de este proceso a la parte actora (art. 51 inc. 1 CCA texto ley 14.437).
3. Regular los honorarios ... en la suma de cinco (5) Jus para el letrado de Fiscalía de Estado; cantidades a la que deberá adicionarse el 10% en concepto de aportes previsionales, con más el porcentaje que corresponda según la condición tributaria frente al Impuesto al Valor Agregado de dichos profesionales."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: