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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ CAMPANA JOAQUIN RODRIGO Y OTRO/A S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio y ejecución de deuda fiscal por $162.876,20 contra Joaquín Rodrigo Campana y Paula Macarena Campana. El Tribunal hizo lugar al apremio y ordenó la ejecución hasta el pago integral del capital reclamado con aplicación de intereses según el art. 104 del Código Fiscal.

Apremio provincial Ejecucion fiscal Fisco de la provincia de buenos aires Art. 104 codigo fiscal Embargo Domicilio ad litem Costas a la vencida Perdida de excepciones Monto $162.876 20 Ley 13.406 (cpcc provincial)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: Joaquín Rodrigo Campana y Paula Macarena Campana. Objeto: Ejecución forzosa en causa de trance y remate por el capital reclamado de PESOS CIENTO SESENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS CON VEINTE CENTAVOS ($162.876,20), más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución, ordenando llevar adelante la ejecución hasta tanto los demandados hagan íntegro el pago del capital reclamado; se aplicarán intereses conforme art. 104 del Código Fiscal; se constituye domicilio ad litem por haberse notificado la intimación; costas a la vencida; diferida la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual aparecen en la sentencia): "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 7, 10, 25 y concs. de la ley 13.406; 116 y 155 del CPCC)" "Se deja constancia asimismo que la parte ejecutada en el presente proceso de apremio fue intimada de pago en el domicilio oportunamente denunciado, según consta en el respectivo mandamiento de intimación de pago y embargo agregado en autos." "Por ello, conforme a lo peticionado y en virtud de lo prescripto por los artículos 7, 10, 24, 25 y concs. de la ley 13.406 y los artículos 540, 549, ss. y concs. del C.P.C.C.; FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte demandada, JOAQUIN RODRIGO CAMPANA y PAULA MACARENA CAMPANA haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado en PESOS CIENTO SESENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS CON VEINTE CENTAVOS, ($ 162.876,20). A dicho monto se le aplicarán los intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según resolución M.E. nº 39/2.011) desde la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago. Hallándose la parte demandada debidamente anoticiada del apercibimiento dispuesto en la primera providencia dictada en autos, conforme emerge de los términos del mandamiento ut supra mencionado, corresponde tener por constituído en los estrados del Juzgado, el domicilio ad litem correspondiente a la misma. Las costas se imponen a la vencida (arts. 7, 10, 24, 25 y concs. de la ley 13.406; 41, 68, 556, ss. y concs. del C.P.C.C.). Difiérase la regulación de honorarios para su oportunidad (art. 34, 51 y concs. de ley 14.967)." Además, se ordenó: "Agréguese y téngase presente el mandamiento de intimación de pago y embargo acompañado. Regístrese y notifíquese."

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