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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ CARDOZO FUENTES NORMANDO S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial para ejecutar una deuda fiscal por $670.718,70. El Tribunal autorizó la continuación de la ejecución y ordenó el pago íntegro del capital más intereses, imponiendo las costas al vencido y constituyendo domicilio procesal en los estrados.

Apremio provincial Ejecucion fiscal Deuda fiscal $670.718 70 Intereses art. 104 codigo fiscal Trance y remate Perdida de excepciones (art.155 cpcc) Domicilio constituido Notificacion por ministerio legis. Costas al vencido Regulacion de honorarios diferida.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: NORMANDO CARDOZO FUENTES. Objeto: Ejecución forzosa en causa de trance y remate por deuda fiscal por Pesos SEISCIENTOS SETENTA MIL SETECIENTOS DIECIOCHO CON 70/100 ($670.718,70) más intereses conforme artículo 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (22/11/2022) y hasta su efectivo pago. Decisión: Se hace lugar a la petición del actor y se manda continuar la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado más intereses; se le impusieron las costas al vencido; se constituyó domicilio procesal del demandado en los estrados y se dispone que las próximas providencias sean notificadas por Ministerio Legis.; se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa el Actuario en este acto, conforme surge del mandamiento de intimación de pago diligenciado en el domicilio Fiscal: Calle I CORSINI
- Nro. 576
- Loc. MARCOS PAZ, se le da por perdido el derecho que para hacerlo tenía (art. 155 CPCC).-" "I.
- Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado NORMANDO CARDOZO FUENTES, haga al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos SEISCIENTOS SETENTA MIL SETECIENTOS DIECIOCHO CON 70/100 ($670.718,70) con más los intereses conforme lo prescripto por el art. 104 del Código Fiscal (T.O. Res. M.E. Nº 39/11) desde la interposición de la demanda, esto es, el 22/11/2022 y hasta su efectivo pago. Imponiendo las costas al vencido (arts. 51 inciso 1º del CPCA -texto según ley 14.437).-" "II.
- Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 27/05/2026, conforme emerge de los términos del acta de mandamiento acompañada el 19/06/2026, téngase por constituido su domicilio en los estrados del juzgado (art. 7 Ley 13406). Disponiéndose en consecuencia, que las próximas providencias sean notificadas por Ministerio Legis.-" "III.
- Difiérese la regulación de honorarios para la oportunidad prevista en el artículo 51 de la Ley Nº 14.967. REGÍSTRESE. Notifíquese al accionado y a CRUZ CLAUDIA INES 27119848976@notificaciones.scba.gov.ar.-"

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