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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ESPIR DAMIAN MARCELO S/ APREMIO PROVINCIAL

Apremio provincial promovido por el Fisco de la Provincia de Buenos Aires para ejecución de deuda tributaria por $4.435.784,90. El Tribunal ordenó continuar la ejecución y tramitar el remate por no haber opuesto excepciones el demandado, imponiendo las costas al vencido y constituyendo su domicilio en los estrados judiciales.

Apremio provincial Ejecucion fiscal Remate Perdida de excepciones Constitucion de domicilio Intereses art. 104 codigo fiscal Costas al vencido Ley 13406 Cpcc articulos 540 y 549 Monto $4.435.784 90

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: DAMIAN MARCELO ESPIR. Objeto: Pago íntegro del capital reclamado de PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 90/100 ($4.435.784,90) más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (22/4/2026) hasta su efectivo pago; ejecución por apremio provincial (trance y remate). Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del monto reclamado con sus intereses; se impusieron las costas al vencido; se tuvo por constituido el domicilio procesal del demandado en los estrados del juzgado y se notificará por Ministerio Legis; se difirió la regulación de honorarios conforme art. 51 Ley 14.967.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes tal como constan en el fallo): "Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa el Actuario en este acto, conforme surge del mandamiento de intimación de pago diligenciado en el domicilio FISCAL: CALLE S.M. DEL CARRIL
- NRO. 363
- DTO. 2
- CP. 1742
- LOC. PASO DEL REY, se le da por perdido el derecho que para hacerlo tenía (art. 155 CPCC).-" "Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dispuesto en los artículos 7, 25 y cctes. Ley 13406, artículos 540 y 549 del CPCC, y art. 2 inciso 8 y 76 bis del CPCA.-" "RESUELVO: I.
- Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado DAMIAN MARCELO ESPIR, haga al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 90/100 ($4.435.784,90) con más los intereses conforme lo prescripto por el art. 104 del Código Fiscal (T.O. Res. M.E. N° 39/11) desde la interposición de la demanda, esto es, el 22/4/2026 y hasta su efectivo pago. Imponiendo las costas al vencido (arts. 51 inciso 1° del CPCA -texto según ley 14.437).-" "II.
- Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 24/4/2026, conforme emerge de los términos del acta de mandamiento acompañado en archivo digital adjunto a la presentación de fecha 6/5/2026, téngase por constituido su domicilio en los estrados del juzgado (art. 7 Ley 13406). Disponiéndose en consecuencia, que las próximas providencias sean notificadas por Ministerio Legis.-" "III.
- Difiérese la regulación de honorarios para la oportunidad prevista en el artículo 51 de la Ley N° 14.967. REGÍSTRESE. Notifíquese al accionado y a TORRES JOSE MARTIN en torres@fepba.gov.ar .-"

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