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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ RAINA MARIANO ALEJANDRO S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio provincial para ejecutar deuda fiscal por $734.744,70. El Tribunal hizo lugar al apremio, ordenó la ejecución hasta el íntegro pago más intereses y constituyó domicilio del ejecutado en los estrados por incumplimiento de notificaciones.

Apremio provincial Ejecucion fiscal Deuda tributaria Codigo fiscal ley 10.397 Trance y remate Constitucion de domicilio Costas Intereses Expediente n? 26018 Juzgado contencioso adm. n?1

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: Mariano Alejandro Raina. Objeto: Ejecución de deuda fiscal acreditada en título ejecutivo por el importe de Pesos Setecientos Treinta Y Cuatro Mil Setecientos Cuarenta Y Cuatro Con 70/100 ($734.744,70), con más intereses desde la interposición de la demanda hasta el efectivo pago, conforme art. 104 del Código Fiscal (Ley 10.397). Decisión: Se ordenó la continuación de la ejecución (trance y remate) hasta el pago íntegro del capital reclamado más intereses; se impusieron costas; se difirió la regulación de honorarios hasta contar con liquidación firme; y se tuvo por constituido el domicilio del ejecutado en los estrados del Juzgado por incumplimiento de notificaciones.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo, lenguaje original): "I.
- La parte ejecutada debidamente notificada en Fiscal: Calle Colon
- Nro. 317
- Cp. 2804
- Loc. Campana domicilio fiscal constituido (art. 32 del Código Fiscal de la Pcia. de Bs. As., Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11) no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido. En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar.
- (arts. 7 Ley 13.406 y 155 CPCC)." "II.
- Por ello, conforme con lo pedido; la deuda que resulta del título ejecutivo agregado en forma electrónica y lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11." "FALLO: 1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Mariano Alejandro Raina haga al acreedor FISCO de la PROVINCIA de BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos Setecientos Treinta Y Cuatro Mil Setecientos Cuarenta Y Cuatro Con 70/100 ($734.744,70), con más los intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal, Ley 10.397 (t.o. 2011). Con Costas (arts. 68 y 556 C.P.C.C.)." "2º) Difiérese la regulación de los honorarios profesionales del Letrado interviniente, hasta tanto obre en autos, liquidación firme (arts. 51, Ley 14.967 y 22 Ley 13.406)." "3º) No habiendo el ejecutado dado cumplimiento a lo preceptuado por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado (art. 13 de la Ley 13.406 y art. 133 C.P.C.C.)."
- Fechas relevantes: Mandamiento diligenciado 19/05/2026; presentación en autos del 22/05/2026; sentencia de fecha 16/07/2026.
- Montos relevantes: $734.744,70 (capital reclamado) más intereses desde la interposición de la demanda hasta el efectivo pago.

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