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BANCO HIPOTECARIO SA C/ S. A. V. S/ COBRO EJECUTIVO

Demanda ejecutiva por cobro de pagaré por $89.593,48. El Tribunal ordenó ejecutar la obligación y redujo las tasas de interés punitorios conforme al art. 771 del Código Civil y Comercial para que, junto con los compensatorios, no superen la tasa del Banco Provincia en operaciones de descuento a 30 días desde la mora (15/06/2018) hasta su pago.

Cobro ejecutivo Pagare Ejecucion (trance y remate) Intereses punitorios Morigeracion de intereses Art. 771 cccn Banco hipotecario Banco provincia (tasa descuento 30 dias) Mora 15/06/2018 Perdida del derecho a excepciones

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: BANCO HIPOTECARIO SA. Demandado: S. A. V. Objeto: Cobro ejecutivo por pagaré por el capital reclamado de PESOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y TRES CON 48/100 ($89.593,48) y accesorios (intereses punitorios pactados en el pagaré). Decisión: Se ordenó la ejecución (trance y remate) hasta tanto el ejecutado abone íntegramente el capital reclamado por $89.593,48; se declaró perdido el derecho de la demandada a oponer excepciones por haber omitido hacerlo en término; y se morigeraron los intereses punitorios fijados en el pagaré para que, junto con los intereses compensatorios, no excedan la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento a 30 días vigentes en los distintos períodos, desde la fecha de mora (15/06/2018) hasta su efectivo pago (art. 771 CCCN).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual aparecen en la sentencia): "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, la que fue intimada de pago en el domicilio sito en la calle V. H. de la localidad de VILLA BOSCH, según informa el Actuario en este acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPCC)." "Por ello, conforme con lo pedido y lo dispuesto por los arts. 540, 548 y 549 del CPCC, FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución, hasta tanto el ejecutado S. A. V. haga al acreedor BANCO HIPOTECARIO SA íntegro pago del capital reclamado de PESOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y TRES CON 48/100 ($89.593,48)." "En cuanto a los intereses punitorios pactados en el pagare base de la presente ejecución, en uso de la facultad de revisión conferida al Juzgador a los fines de adecuar las tasas de interés a sus justos límites conforme la facultad morigeradora establecida en el art. 771 del Codigo Civil y Comercial de la Nación, que dispone 'Los jueces pueden reducir los intereses cuando la tasa fijada o el resultado que provoque la capitalización de intereses excede, sin justificación y desproporcionadamente, el costo medio del dinero para deudores y operaciones similares en el lugar donde se contrajo la obligación.', se reducen, ya que conjuntamente a los compensatorios estipulados no podrán sobrepasar el de la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento a 30 días, vigentes en los distintos períodos de aplicación, desde la fecha de la mora (15/06/2018 ver demanda) y hasta su efectivo pago, quedando así morigerados los pactados en el pagaré (art. 771 del Código Civil y Comercial de la Nación)." "Tiénese a la parte demandada por constituido el domicilio procesal en los estrados del Juzgado (art. 41 del CPCC). REGISTRESE. NOTIFIQUESE POR SECRETARIA, la presente sentencia al domicilio real del demandado y al domicilio electrónico de las respectivas partes..."

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