CARTASUR CARDS S.A. C/ SION MILTON CESAR S/COBRO EJECUTIVO
Cobro ejecutivo promovido por empresa emisora de tarjeta por $15.645 por pagaré y solicitud de crédito. El Tribunal rechazó la ejecución por configurarse relación de consumo y carecer el título de los requisitos del art. 36 de la Ley 24.240 (falta CFT, tasa efectiva anual, sistema de amortización y demás), imponiendo costas a la actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: CARTASUR CARDS S.A.
Demandado: SION MILTON CESAR (persona física).
Objeto: Ejecución de pagaré/instrumento por la suma de $15.645 y demás accesorios (cobro ejecutivo).
Decisión: Se rechazó la ejecución entablada por CARTASUR CARDS S.A. y se impusieron las costas a la parte actora, atento que la documentación no acreditó los requisitos de la Ley de Defensa del Consumidor aplicable a la operación de crédito para consumo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo, texto original):
"CUARTO) Que atento todo lo antes analizado y examinados los instrumentos cuya ejecución se pretende, pagaré de fs. 7 integrado con la documentación complementaria acompañada con fecha 12/08/2020, esto es solicitud de préstamo, condiciones generales de préstamo y recibo, concluyo sin más, por aplicación de los principios y normas antes referidas, que los títulos base de la presente ejecución no contienen la totalidad de las estipulaciones del negocio jurídico en cuestión que exige el plexo normativo que tiende a la protección del derecho del consumidor (arts. 1092 y ccdtes. del CCyCN; arts.1, 2, 3, 36 y ccdtes. de la ley 24240 y sus modificatorias; art.38 C. Pcial. y 42 C.N.), pues de una simple lectura tanto del pagaré acompañado en autos como de la documental complementaria con la que se integró el mismo, se vislumbra que no se individualizó la tasa de interés efectiva anual, el total de los intereses a pagar o el costo financiero total (CFT), ni el sistema de amortización del capital y cancelación de intereses, la perioricidad de las cuotas, el monto de los pagos a realizar y los gastos extras, seguros o adicionales (inc. d) e), f), g), h) del citado art. 36 de la ley 24.240)."
"Por todo lo expuesto, citas jurisprudenciales y normativas invocadas, RESUELVO: 1°) Rechazar la ejecución promovida por la parte actora CARTASUR CARDS S.A.. 2°) Costas a la parte actora, atento lo decidido en el considerando quinto, las que serán fijadas una vez que la presente resolución gane firmeza. REGÍSTRESE."
- Otros fundamentos relevantes (texto original seleccionado):
"TERCERO) Frente a la existencia de una relación de consumo que vinculara a las partes, corresponde ante todo expedirme sobre ello. ... En esta tarea, resulta aplicable al caso de autos la normativa contenida en la ley 24.240 y sus modificatorias, dado que nos encontramos frente a una clara relación de consumo. Fundamenta mi convicción el carácter de entidad financiera y proveedor de servicios que encuentro acreditado en el accionante a la luz de lo que se desprende de la constancia de inscripción en la A.F.I.P. que obra adunada a fs. 9. De ello claramente surge acreditada la actividad principal de la parte actora, esto es servicios de entidades de tarjeta de compra y/o crédito, innegable actividad relacionada con el préstamo para el consumo."
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