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B.P.B. A. C/ B. J. I. S/ COBRO EJECUTIVO

Cobro ejecutivo contra B.J.I.S. por $448.362,79 más intereses. El Tribunal hizo lugar a la ejecución y ordenó llevar a cabo la causa de trance y remate hasta que el ejecutado efectúe el pago íntegro, fijando intereses desde el 15/05/2024 y la imputación de costas.

Cobro ejecutivo Trance y remate Ejecucion forzada Intereses bancarios Mora (15/05/2024) Costas del juicio Domicilio procesal Perjuicio por inactividad (arts. 116 y 155 cpcc) Consulta de saldos (cuenta 5098-8546553) Montos ($448.362 79)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: B.P.B.A. Demandado: B.J.I.S. Objeto: Ejecución de pago por capital reclamado de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS CON 79/100 ($448.362,79), más intereses desde la mora y costas. Decisión: Se declaró perdido el derecho del demandado por no oponer excepciones en término y, conforme lo solicitado, se hizo lugar a la ejecución ordenando llevar adelante la causa de trance y remate hasta el efectivo pago del capital, intereses y costas. Se constituyó al demandado con domicilio procesal en los estrados del Juzgado y se dictó notificación por Secretaría y medios electrónicos.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción textual de los párrafos más relevantes): "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, la que fue intimada de pago en el domicilio sito en la calle LAS TALAS S/N de la localidad de VILLA GDOR.UDAONDO, según informa la Actuaria en este acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPCC)." "Por ello, conforme con lo pedido y lo dispuesto por los arts. 540, 548 y 549 del CPCC, FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución, hasta tanto el ejecutado B.J.I. haga al acreedor B.P.B.A. íntegro pago del capital reclamado de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS CON 79/100 ($448.362,79).
- con más un interés, equivalente al de la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento a 30 días, vigentes en los distintos períodos de aplicación, desde la fecha de la mora: 15 de mayo de 2024 y hasta su efectivo pago. Y las costas del juicio (art. 68 y 556 del CPCC) que se fijarán oportunamente." "Tiénese a la parte demandada por constituido el domicilio procesal en los estrados del Juzgado (art. 41 del CPCC). REGISTRESE. NOTIFIQUESE POR SECRETARIA, la presente sentencia al domicilio real del demandado y al domicilio electrónico de las respectivas partes..." Además se consignó el resultado de la consulta bancaria: "se procedió a consultar la página web 'http://saldos.scba.gov.ar/', en relación a los montos depositados en la cuenta de autos n° 5098-8546553 CBU n°0140030427509885465531, que ascienden a la suma de $ 0.00."

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