BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ GOMEZ RICARDO RAMON S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)
Demanda de cobro sumario por tarjetas de crédito contra el titular de las tarjetas por saldos impagos. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a la parte demandada a pagar $461.109,04 más intereses desde la mora, imponiéndole las costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Banco de la Provincia de Buenos Aires, representado por Dra. María Lorena Brunini (apoderada).
Demandado: Sr. Ricardo Ramón Gómez.
Objeto: Cobro sumario de sumas de dinero por saldos adeudados en tarjetas de crédito Visa y Mastercard emitidas en virtud de la Solicitud de Productos y Servicios nro. 1730762; monto reclamado $461.109,04.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda, condenando al demandado a abonar $461.109,04 dentro de los 10 días de firmeza/ejecutoriedad, más intereses pactados desde la mora; costas a la demandada; regulación de honorarios diferida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Que si bien se ha establecido que ante la incontestación de la demanda el juzgador no se encuentra automática y mecánicamente obligado a acceder a las pretensiones deducidas por la actora, no es menos cierto que 'el silencio que importa la incontestación de la demanda provoca el reconocimiento de los "hechos lícitos" alegados por el accionante y por implicancia del derecho en que se funde' (Cám. Civil Trenque Lauquen...)."
"De tal suerte, tengo para mí que las partes se encontraban vinculadas por un contrato de solicitud de productos y servicios identificado bajo el número 1730762 y que incluía el otorgamiento de las tarjetas de crédito Visa nro. 1222229648 y Mastercard nro. 1579721-1, de cuya operatoria da cuenta el convenio de adhesión que luce agregado en el archivo adjunto de fecha 7/7/2025."
"Además, he de tener por cierto el saldo deudor por la suma de $ 190.868,91 en relación a la tarjeta Visa y $ 270.240,13 para el caso de Mastercard, consignados en los resúmenes anejados en archivos PDF adjuntos a la presentación electrónica de inicio, cuyas erogaciones se atribuyen a la demandada en el marco de lo convenido en el contrato ut supra referenciado (arts. 332, 354, 375, 384, 484 y ccds. del C.P.C.). Consecuentemente y luego del estudio del plexo probatorio rendido en autos analizado a la luz de la sana crítica, concluyo que la demanda por cobro de pesos debe ser acogida, y con costas a la parte demandada en su calidad de vencida."
"La suma objeto de condena devengará, desde la fecha de la mora y hasta el efectivo pago, los intereses pactados por los litigantes en el contrato glosado en autos -ver clausula sexta del capítulo III 'Condiciones Particulares'-, los que no podrán superar, por todo concepto, el tope fijado por los arts. 16 y 18 de la ley 25.065."
- Fechas y montos relevantes: demanda ingresada 7/7/2025; rebeldía declarada 10/12/2025; llamado de autos firme 30/6/2026; mora Visa 1/10/2024; mora Mastercard 6/1/2025; montos: Visa $190.868,91; Mastercard $270.240,13; total reclamado $461.109,04.
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