SPARANO ANTONELA S/ QUIEBRA(PEQUEÑA)
La actora promovió la tramitación de quiebra (pequeña) solicitando la declaración de quiebra y medidas concursales. El Tribunal decretó la quiebra de Antonela Sparano, ordenó la inhibición general de bienes, el desapoderamiento, la designación de síndico (sorteo categoría B) y la traba de embargo sobre el 20% de sus haberes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Antonela Sparano (peticionante).
Demandado: No surge identificación de un demandado distinto; se trata de la declaración de quiebra contra la propia Antonela Sparano como fallida.
Objeto: Tramitación de quiebra en la vía de pequeñas quiebras conforme Ley 24.522; reconocimiento del estado de insolvencia y aplicación de medidas concursales.
Decisión: Se decretó la quiebra de Antonela Sparano (DNI 33.506.021) con domicilio en La Plata; se ordenaron la designación de síndico (sorteo 17/7/2026), inhibición general de bienes, desapoderamiento y clausura de establecimientos; publicación de edictos; plazo para presentación de verificación de créditos hasta el 16/9/2026; traba de embargo sobre el 20% de los haberes que percibe como dependiente del Ministerio de Seguridad de la Pcia. de Bs. As.; cese de descuentos sobre haberes con causa anterior a la fecha de sentencia (15/7/2026).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"En virtud de lo normado por el art. 274 de la Ley 24.522 y de encontrarse agregada la planilla electrónica de Juicios Universales con fecha 7/7/2026, con lo expuesto en el escrito de inicio y con la documentación acompañada, dásele al peticionante por cumplimentadas las exigencias del art. 11 de la Ley 24.522, a partir de lo cual dado lo dispuesto por los arts. 77 inc. 3, 78 y 79 inc. 2, 82, 86 y 88 de la Ley 24.522, RESUELVO:
1) Decretar la QUIEBRA de ANTONELA SPARANO con DNI 33.506.021, domicilio real en calle 77 Nº 1150 de la localidad de La Plata, Provincia de Buenos Aires (art. 88 inc. 1 de la Ley 24.522)."
"3) Disponer la inhibición general de bienes del fallido, librándose oficios al Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires, la medida se ordenará en forma electrónica... dejándose constancia en todos los casos que la misma se inscribirá sin límite de caducidad, encontrándose la medida ordenada exenta de pago de cualquier tipo de sellado y/o arancel..."
"4) Decretar el desapoderamiento del fallido de pleno derecho en relación a todos sus bienes existentes a la fecha de esta declaración de quiebra y de los que adquiera hasta su rehabilitación, con el consecuente impedimento para ejercitar derechos de disposición y de administración... líbrese mandamiento, el que podrá ser diligenciado por el Síndico como oficial ad hoc, quien en el mismo acto procederá a inventariar los bienes muebles del fallido..."
"12) Toda vez que el único activo denunciado en demanda son los haberes que percibe la Sra. SPARANO en atención a lo normado por los arts. 88 inc. 5 y 109 de la LCQ, DISPÓNESE el cese de todos los descuentos que se efectúen sobre los haberes del fallido ANTONELA SPARANO que tengan causa o título anterior a la fecha de sentencia de quiebra -15 de Julio de 2026-, ... En consecuencia, habiendo denunciado como activo sus haberes, trábase embargo sobre los mismos que percibe como dependiente del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires en la proporción del 20% para ser afectados al pago del pasivo surgido por causa o titulo anterior a la declaración de quiebra (arts. 106, 107, 108, 109, 118 y 199 de la LCQ)..."
Adicionalmente dispone plazos procesales: presentación de pedidos de verificación hasta 16/9/2026; sumas por cada pedido verificatorio $37.240 (10% del SMVM según Resolución 09/2025); informe individual del síndico 29/10/2026 e informe general 15/12/2026; vista a la Agente Fiscal conforme art. 52 Ley 24.240.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: