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ITURRIETA LEANDRO MIGUEL C/ FERNANDEZ BURGUES CESAR MANUEL Y OTRO/A S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA LARGA

El actor promovió demanda de prescripción adquisitiva veintiañal sobre inmueble ubicado en Cerrito s/n, Ituzaingó. El Tribunal rechazó la demanda por no haberse acreditado la prueba compuesta exigida (art.24 inc. c Ley 14.159) ni actos posesorios anteriores a 4/5/2010 que permitan computar el plazo vicenal.

Usucapion Prescripcion adquisitiva veintianal Accesion de posesiones Prueba compuesta Ley 14159 art.24 Rebeldia Actos posesorios Juzgado civil y comercial n?9 moron Rechazo demanda Costas.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: ITURRIETA LEANDRO MIGUEL, por su propio derecho. Demandado: CABRERA MARRERO DELMA NAIR y FERNANDEZ BURGUES CESAR MANUEL (titulares registrales). Objeto: Prescripción adquisitiva veintiañal (usucapión) del inmueble ubicado en calle CERRITO S/N, ITUZAINGO, Pdo. de Morón, Mat. 36850 Circ. V, Sec. H, Qta. 24, Manz. 24u, Parc. 8g (Expte. MO-6178-2022). Decisión: Rechazo de la demanda; se imponen las costas al actor; diferimiento de regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "PRIMERO: En el subexamen se presenta el pretenso usucapiente, reclamando la adquisición dominial del inmueble... Los titulares dominiales no se presentaron a hacer valer sus derechos en tiempo y forma, motivo por el cual se decreto su rebeldía. Tal circunstancia hace aplicable el apercibimiento contenido en el art.354 inc.1° del CPCC, teniéndose por lo tanto y en principio por ciertos los hechos aducidos por el actor y por reconocidos los documentos acompañados." "TERCERO: En el caso de autos, la actora aduce haber alcanzado este plazo legal mediante la accesión a su posesión de la posesión anterior del inmueble que tuvo su progenitora Sara del Carmen Canales Pérez... En consecuencia, en virtud de lo prescripto por el art. 375 del CPCC correspondía al actor acreditar la realización de actos posesorios tanto por él cuanto por sus antecesores. Adelanto que tal prueba no se ha rendido en autos." "CUARTO: El carácter contencioso del juicio de usucapión establecido por el art. 1905 del C.C. y C impone al actor la carga de la prueba de los hechos constitutivos del derecho invocado... La prueba en estos procesos de prescripción adquisitiva debe reunir condiciones sustanciales de exactitud, precisión y claridad... Si bien de la apreciación de las declaraciones testimoniales incorporadas en autos... esta prueba resulta insuficiente pues no encuentro cumplimentada la prueba compuesta requerida para este tipo de juicios por el art.24 inc.c de la ley 14.159." "Si nos detenemos en la prueba documental aportada, el primer acto posesorio realizado por actor data del 4 de Mayo 2010 (ver contrato de locación con YAMAHA adjunto al escrito liminar); por lo que recién adquirirá el dominio el 3 de mayo de 2030, no encontrándose en consecuencia cumplido el plazo vicenal requerido." "Por todo lo expuesto, corresponde rechazar la demanda instaurada por Leandro Miguel Iturrieta, lo que así decido."
- Otros antecedentes y constancias relevantes: se declaró la rebeldía de los demandados (19/05/25); se produjo prueba testifical y documental; plano de mensura N° 136-080-2023 y certificado de dominio actualizado acompañados; falta de constancias de pagos de impuestos municipales o provinciales anteriores a 2010.

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