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MORON JULIO MANUEL Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO

La pretensión tramitada es una declaratoria de herederos ab-intestato por el fallecimiento de JULIO MANUEL MORON y de MARIA DEL CARMEN RODRIGUEZ GALLEGO. El Tribunal declaró herederos universales a las hijas CLAUDIA ELISA y GABRIELA ALEJANDRA Moron y Rodriguez y, respecto de JULIO MANUEL MORON, también a su cónyuge MARIA DEL CARMEN RODRIGUEZ GALLEGO, en los términos del Código Civil y Comercial.

Sucesion ab-intestato Declaratoria de herederos Herederos universales Matrimonio y filiacion Certificados de defuncion Publicacion de edictos (art. 2340 c.c.c.) Codigo civil y comercial Cpcc (arts. 735 737) Registro de resolucion Notificacion electronica

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Presentación promovida por D. H. en trámite de sucesión ab-intestato (actuación de herederos). Demandado: Se tramita la sucesión de los causantes JULIO MANUEL MORON (f. 20/05/2000) y MARIA DEL CARMEN RODRIGUEGO (f. 02/06/2021). Objeto: Declaratoria de herederos y determinación de quienes suceden por fallecimiento de los causantes, con publicación de edictos conforme art. 2340 C.C. y C.C.C. Decisión: Se declaró, en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de JULIO MANUEL MORON le suceden en carácter de universales herederos sus hijas CLAUDIA ELISA y GABRIELA ALEJANDRA MORON Y RODRIGUEZ y su cónyuge RODRIGUEZ GALLEGO MARIA DEL CARMEN; y por fallecimiento de MARIA DEL CARMEN RODRIGUEZ GALLEGO le suceden en carácter de universales herederos sus hijas CLAUDIA ELISA y GABRIELA ALEJANDRA MORON Y RODRIGUEZ. Regístrese.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal como constan en el expediente): 1º) "Que con el certificado de defunción adjunto a la presentación de fecha 04/05/2026 se acredita el fallecimiento de JULIO MANUEL MORON ocurrido el día 20/05/2000.-" 2º) "Que con el certificado adjunto el a la presentación de fecha 04/05/2026 se acredita el fallecimiento de MARIA DEL CARMEN RODRIGUEZ GALLEGO ocurrido el día 02/06/2021.-" 3º) "Que los causantes habían contraído matrimonio el día 26/10/1973 según surge del certificado adjunto a la presentación de fecha 04/05/2026.-" 4º) "Que de esa unión nacieron: CLAUDIA ELISA (14/02/1975) Y GABRIELA ALEJANDRA (12/07/1976) -ver certificados de nacimiento adjuntos a la presentación de fecha 04/05/2026.-" 5º) "Que con fecha 29/05/2026 se ha efectuado la publicación de edictos que prescribe el art.2340 del Código Civil y Comercial, sobre cuyo resultado negativo informa la Actuaria en este acto (art. 116 del CPCC) y que se puede constatar a través del link: https://boletinoficial.gba.gob.ar/secciones/14188/ver.-" Dispositivo: "Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los arts.3410, 3545, 3565 y 3570 del Código Civil y arts.735, 737 del CPCC, y arts. 7, 2337, 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de La Nación y 735, 737 del CPCC, se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de JULIO MANUEL MORON le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: CLAUDIA ELISA Y GABRIELA ALEJANDRA MORON Y RODRIGUEZ y su cónyuge: RODRIGUEZ GALLEGO MARIA DEL CARMEN a quién también se le declara heredar sobre los bienes propios si los hubiere sin perjuicio de los que la ley le acuerda respecto de los gananciales. Y por fallecimiento de MARIA DEL CARMEN RODRIGUEZ GALLEGO le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: CLAUDIA ELISA Y GABRIELA ALEJANDRA MORON Y RODRIGUEZ. REGISTRESE.-" Notificaciones y alcance: Se notificó por domicilio electrónico constituido (27370479815@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR). Se deja constancia: "que la misma carece de todo valor a los fines de la inscripción, cesión y/o transmisión de bienes y derechos, como así también que carece de valor para el cobro de suma alguna de dinero."

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