CFN SA C/ BRIONES CLAUDIA ESTER S/ COBRO EJECUTIVO
La actora CFN S.A. promovió cobro ejecutivo sobre pagaré en el marco de una relación de consumo por $35.021,52. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenó proceder al trance y remate hasta tanto la demandada abone el capital reclamado más intereses, limitando los intereses al 120% anual desde la mora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: CFN S.A.
Demandado: Claudia Ester Briones
Objeto: Cobro ejecutivo de pagaré por capital reclamado de PESOS TREINTA Y CINCO MIL VEINTIUNO CON CINCUENTA Y DOS CENTAVOS ($35.021,52) más intereses pactados; ejecución derivada de relación de consumo.
Decisión: Se hizo lugar a la ejecución, ordenando llevar adelante la presente ejecución, disponiendo trance y remate hasta tanto la demandada haga íntegro pago del capital reclamado y los intereses, con tope a los intereses del 120% anual desde la mora hasta el efectivo pago. Se impusieron costas a la demandada vencida y se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos reproducidos del fallo):
"Que, del documento que aquí se ejecuta puede inferirse que se trata de pagaré que ha sido creado en el marco de una relación de consumo, tal como consta en aquél, donde la actora ha entregado dinero en efectivo, que su actividad principal es la de servicios de crédito y que la demandada es persona física destinataria final de ese crédito (art. 36 ley 24.240; LP S.II, 22-12-15)."
"Que, posicionándonos en tal normativa, observamos que el cartular conjuntamente con la documental que lo integra, contiene todas las exigencias requeridas por el art. 36, ley 24.240."
"FALLO: Esta causa de trance y remate mandando en consecuencia llevar adelante la presente ejecución, hasta tanto la demanda Sra. CLAUDIA ESTER BRIONES haga íntegro pago a la parte actora 'CFN S.A.' del capital reclamado de PESOS TREINTA Y CINCO MIL VEINTIUNO CON CINCUENTA Y DOS CENTAVOS ($ 35.021,52) con más los intereses pactados que, encontrándose comprendido el proceso en el marco de una relación de consumo. ... no podrán superar por todo concepto el 120 % anual, desde la mora y hasta el efectivo pago."
"Con costas a la demandada vencida (art. 68 del C.P.C.C)."
(Se consignan además constancias procedimentales: falta de oposición de excepciones en término; examen de oficio del título; intimación de pago en domicilio denunciado en calle 22 N° 1064, Mercedes (B).)
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: