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LOPEZ JUAN GUSTAVO C/ CORRALES ARROYOS SA S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA LARGA.

El actor promovió demanda de prescripción adquisitiva de dominio sobre el Lote 11 de la Manzana 3 en General Pueyrredón por posesión continua, pública y pacífica. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró adquirido el dominio a favor del actor por prescripción veinteñal (con fecha de adquisición 1/11/2014) y rechazó la reconvención por reivindicación; impuso costas a la demandada.

Prescripcion adquisitiva (usucapion) Accesion de posesiones Posesion continua Publica y pacifica Reconvencion por reivindicacion Prueba pericial (ingenieria civil y agronomia) Tesimoniales Inscripcion registral / registro de la propiedad inmueble Costas y condena en costas Computo prescriptivo (1/11/1994?1/11/2014) Partido de general pueyrredon (lote 11 Mza 3)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: J.G.L., quien invoca accesión de posesiones de sus padres O.Z.M. y J.J.L. y la cesión posesorias instrumentada en escritura pública. Demandado: Corrales & Arroyos S.A., titular registral del inmueble según informe dominial. Objeto: Adquisición del dominio por prescripción adquisitiva (usucapión) respecto del inmueble ubicado en Avda. De los Pescadores (Ex calle Uno) entre calles Ocho y Diez, Lote 11 Manzana 3 (Matrícula 266061, Partido de Gral. Pueyrredón), y, subsidiariamente, anotación de litis e inscripción registral. Decisión: Se hizo lugar a la demanda de prescripción adquisitiva, declarando adquirido el dominio en favor de J.G.L. en fecha 1ro. de noviembre de 2014; se rechazó la reconvención por reivindicación de Corrales & Arroyos S.A.; se impusieron las costas a la demandada y se ordenó oficiar al Registro de la Propiedad Inmueble para la anotación correspondiente.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos y citas textuales relevantes): "La prescripción adquisitiva o usucapión prevista por el art. 3948 del Código Civil -actual art. 1897 del Código Civil y Comercial-, es un derecho por el cual el poseedor de un inmueble adquiere la propiedad de ella por la continuación de la posesión durante el plazo fijado por la ley... el art. 4015 del Código Civil (y su concordante art. 1899 del Cód. Civil y Comercial), consignan que se prescribe la propiedad de cosas inmuebles y demás derechos reales por la posesión continua por mas de veinte años, con ánimo de tener la cosa para sí, sin necesidad de título y buena fe por parte del poseedor." "De allí que quien la invoca debe demostrar la posesión (vale decir con sus dos elementos: el corpus y el animus domini) y el tiempo (continuidad por el lapso de veinte años)... La comprobación de los extremos exigidos para la adquisición del dominio por usucapión debe efectuarse de manera insospechable, clara y convincente." "Se ha corroborado la anexión a través de la prueba pericial en la especialidad indicada, esto es, mediante un cerco de alambre colocado funcionalmente y con un tiempo de retroacción que supera holgadamente el plazo legal exigible para dar curso a la acción... el perito expresa que a juzgar por el estado y tipo de materiales utilizados, el cerco del lote puede tener una antigüedad de 25/30 años." "Los testimoniales... confirman de manera armónica la anexión... que la casa tiene un parque adelante y atrás un terreno que da vuelta toda la esquina, y que se conoce al lugar como una única propiedad, la casa con su parque todo alambrado... que recuerdan la existencia de plantaciones en el lote, que hay un pozo ciego, un gallinero, que hacen quinta y que siempre han tenido animales en el terreno." "Descartado ello, y encontrándose reunidos los presupuestos de fundabilidad de la pretensión (posesión exclusiva, pública, pacífica e ininterrumpida efectuada por la parte actora de más de veinte años), corresponde acoger favorablemente la acción de prescripción promovida." Sobre cómputo: "sostengo que debemos remontarnos al año 1994 (propongo como fecha cierta la del día 1ro. de Noviembre de 1994, tomando en cuenta 30 años desde la inspección del Lote 11 realizada por los peritos actuantes), para estimar el comienzo de la posesión por parte del actor... declarando adquirido el dominio en favor del actor en fecha 1ro. de Noviembre del año 2014, ello por prescripción veinteñal..." Sobre la reconvención: "La admisión de la que ha sido enarbolada por vía de acción... conlleva una declaración de que el usucapiente adquirió el derecho frente al propietario... En función de lo anteriormente analizado, corresponde hacer lugar a la defensa de adquisición del dominio por prescripción oportunamente planteada como mecanismo para repeler la procedencia de la acción reivindicatoria intentada por vía de reconvención por Corrales & Arroyos S.A." Disposición final (FALLO): "I.
- Haciendo lugar a la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA interpuesta por J.G.L. contra CORRALES & ARROYOS S.A., declarando adquirido el dominio en favor del actor en fecha 1ro. de Noviembre del año 2014... III.
- Rechazando la reconvención por REIVINDICACIÓN instada por Corrales & Arroyos S.A..."
- Votos en disidencia: no constan; la sentencia es un pronunciamiento unipersonal sin votos concurrentes o discrepantes.

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