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RIVAS, IVONE GLADYS c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS s/REPETICIÓN

La actora demandó a la AFIP (hoy ARCA) solicitando la declaración de inconstitucionalidad de normas del impuesto a las ganancias y la repetición de retenciones sobre su haber previsional. El Juzgado hizo lugar parcialmente: declaró la inaplicabilidad de las normas indicadas respecto del beneficio previsional, ordenó cesar las retenciones y reintegrar lo retenido desde la interposición de la demanda con intereses, y rechazó la petición de repetición por períodos anteriores.

Impuesto a las ganancias Jubilados Inconstitucionalidad Reintegro Acuerdo plenario fbb 13467/2022 Fallo garcia (csjn) Agotamiento administrativo Tasa pasiva bcra (spitale) Arca (ex afip) Vulnerabilidad previsional

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ivone Gladys Rivas, jubilada, representada por la Dra. María Cecilia Rabaglio. Demandado: Fisco Nacional
- Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA
- ex AFIP). Objeto: i) acción declarativa de certeza/inconstitucionalidad de los arts. 23 inc. c), 79 inc. c), 81 y 90 de la Ley 20.628 (texto según reformas) para obtener el cese definitivo de la gravabilidad del Impuesto a las Ganancias sobre sus haberes previsionales; ii) subsidiariamente, que la detracción se limite al "sueldo básico"; iii) acción de repetición por devolución de retenciones no prescriptas (nov/2018 a sept/2023) por $211.340,11; interés según tasa pasiva mensual BCRA (doctrina Spitale/Aguilar/Pradwdiuk). Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la acción: declaró la inaplicabilidad de los arts. 30 inc. "c", 82 inc. "c", 85 y 94 de la Ley 20.628 (según textos indicados) y del art. 115 de la Ley 24.241 respecto del beneficio previsional de la actora; ordenó al ARCA abstenerse de retener impuesto a las ganancias sobre su prestación previsional y reintegrar las sumas retenidas desde la interposición de la demanda con interés a la tasa pasiva mensual publicada por el BCRA; desestimó la solicitud de repetición por los períodos de noviembre de 2018 a septiembre de 2023; costas por su orden; difirió regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- "siendo que la autoridad administrativa carece de competencia para examinar la legitimidad de la normativa en cuestión, cabe concluir que no resulta exigible el agotamiento de la vía en sede de la AFIP, por comportar un ritualismo formal inútil." (cf. expte. nro. 8215/2021 citado).
- "En consecuencia ... corresponde declarar en el caso que analizo, la inaplicabilidad de los arts. 30 inc. "c", 82 inc. "c", 85 y 94 de la ley 20.628 de Impuesto a las Ganancias, según texto ley 27.346, 27.430, 27.617 y 27.743, y del art. 115 de la ley 24.241, en relación al beneficio previsional de la actora." (parte dispositiva).
- "Así las cosas, deberá el ARCA abstenerse de continuar descontando suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias de la prestación previsional de la actora y deberá reintegrar la totalidad de los montos que le fueron retenidos a la nombrada en concepto de impuesto a las ganancias desde el momento de la interposición de la demanda ... con más el interés correspondiente a la tasa de interés pasiva mensual publicada en el BCRA desde que cada suma fue retenida ... hasta su efectivo pago (cf. CSJN in re 'Spitale')."
- El tribunal fundamentó su decisión en la doctrina del fallo de la Corte Suprema "García" y en el Acuerdo Plenario FBB 13467/2022 (Montero), señalando que la estructura legislativa mantuvo una subcategorización patrimonial que no pondera la vulnerabilidad del colectivo jubilado, lo que habilita la inaplicabilidad en el caso concreto conforme lo expuesto por la CSJN.
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en la sentencia.

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