D. G. J. E. S/DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA
El pedido de reevaluación de la capacidad de J. E. D. G. solicitó la adecuación del régimen de protección y la designación de figuras de apoyo. El Tribunal declaró la restricción parcial de la capacidad y designó como figuras de apoyo a sus hermanos G. A. D. G. y S. M. D. G., disponiendo autorización judicial para actos de disposición y medidas registrales y de publicidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: No consta expresamente quién promovió la reevaluación; las actuaciones fueron tramitadas para la reevaluación de la causante J. E. D. G.
Demandado: J. E. D. G. (causante)
Objeto: Reevaluación de la capacidad jurídica del causante y, en su caso, adecuación del régimen de apoyo/curatela y designación de la figura de apoyo con alcance para supervisión, acompañamiento y autorización para actos de disposición.
Decisión: Se restringió la capacidad de J. E. D. G. en los términos indicados (necesita asistencia de su figura de apoyo para actos de la vida civil y autorización judicial para actos de disposición y administración extraordinaria) y se designó de modo conjunto e indistinto como figuras de apoyo a sus hermanos G. A. D. G. y S. M. D. G. Se ordenaron inscripciones registrales pertinentes, la inhibición general de bienes y se dejaron constancias sobre notificaciones y protección de la privacidad.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"Actualmente se debe partir de la presunción de capacidad de todas las personas y sólo podrán disponerse restricciones puntuales y específicas. Por excepción, cuando la persona se encuentre absolutamente imposibilitada de interaccionar con su entorno y expresar su voluntad por cualquier modo, medio o formato adecuado y el sistema de apoyos resulte ineficaz, el juez puede declarar la incapacidad y designar un curador (art. 32 in fine CCCN)."
Del informe psicológico:
"De la evaluación realizada al momento se desprende como diagnostico situacional Retraso Mental Severo
- Grave F72 S/ CIE
- 10, caracterizado por un desarrollo mental detenido o incompleto, limitaciones marcadas en el lenguaje y una dependencia constante de cuidadores para las actividades diarias. Requiere supervisión y apoyo constante para la vida cotidiana aseo y seguridad".
Evaluación de capacidades funcionales y limitaciones:
"el mismo no es auto-válido para alimentarse y vestirse, requiere supervisión y acompañamiento para las demás tareas de la vida cotidiana. Que no posee habilidad de lecto-escritura, no comprende el valor del dinero, ni el manejo de operaciones bancarias. Y que no se encuentre en condiciones para administrar bienes, comprender el valor jurídico, ni acceder a un trabajo formal."
Alcance de las restricciones y funciones de la figura de apoyo:
"corresponde dejar establecido que el causante requerirá de la asistencia de su figura de apoyo para realizar actos de disposición y gravamen de sus bienes -por actos entre vivos-, ya sea de forma onerosa o gratuita... Tampoco podrá sin la conformidad de su figura de apoyo arrendar sus inmuebles, efectuar cualquier otro tipo de negocio jurídico que implique enajenación... así como tampoco constituir gravámenes de cualquier naturaleza sobre ellos. Asimismo no podrá tomar créditos, mutuos o préstamos de cualquier naturaleza, ni contratar o designar profesionales de cualquier especialidad sin la conformidad de su figura de apoyo."
Designación:
"corresponde designar de manera conjunta e indistinta como apoyo del paciente a sus hermanos G. A. D. G. (DNI ...) y S. M. D. G. (DNI ...) para que lo supervisen y acompañen en cuanto al cumplimiento efectivo del tratamiento médico, y con la función de ayudarlo a comprender las consecuencias de sus actos con la salvedad de que para realizar actos de disposición de todo tipo, o los de administración extraordinaria que excedan las necesidades básicas, u otros que no sean de simple administración deberán solicitar autorización judicial."
Medidas registrales y de publicidad:
"oficiase al Registro de la Propiedad Automotor a fin de que se sirva anotar la inhibición general de bienes del causante... debiendo mantenerse su vigencia hasta que se notifique su rehabilitación."
Protección de la privacidad:
"se requerirá a los interesados la correspondiente autorización M.E.V. para poder acceder al trámite del expediente... Ello tiene como objetivo evitar la difusión de información personal o confidencial disponible en línea."
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