VAIO ANABELLA GISELE C/ ARANCIBIA RUBEN DARIO S/ ATRIBUCION VIVIENDA FAMILIAR
La actora promovió acción de atribución de vivienda familiar. El Tribunal hizo lugar a lo peticionado y corrigió por aclaratoria el domicilio de la vivienda atribuida provisoriamente, indicando Ing. Antonio Barbazán 1150 en lugar de 1170.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: VAIO ANABELLA GISELE.
Demandado: ARANCIBIA RUBEN DARIO.
Objeto: Atribución de vivienda familiar (atribución provisoria de la vivienda a la actora).
Decisión: Se hizo lugar al petitorio de aclaratoria/corrección y se rectificó el domicilio consignado en la sentencia de fecha 02/07/2026, fijando el domicilio correcto de la vivienda atribuida provisoriamente en Ing. Antonio Barbazán 1150 (en lugar de 1170). Regístrese y notifíquese.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual del auto):
"Atento lo peticionado y lo dispuesto por el Art. 166 Inc. 2º C.P.C., aclárase que el domicilio de la vivienda atribuida provisoriamente a la actora, es Ing. Antonio Barbazán 1150 y no Ing. Antonio Barbazán 1170 como se colocara erróneamente en la sentencia de fecha 02/07/2026."
"Regístrese. Notifíquese."
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