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VAIO ANABELLA GISELE C/ ARANCIBIA RUBEN DARIO S/ ATRIBUCION VIVIENDA FAMILIAR

La actora promovió acción de atribución de vivienda familiar. El Tribunal hizo lugar a lo peticionado y corrigió por aclaratoria el domicilio de la vivienda atribuida provisoriamente, indicando Ing. Antonio Barbazán 1150 en lugar de 1170.

Incidente Atribucion de vivienda familiar Aclaratoria Correccion de domicilio Art. 166 inc. 2? c.p.c. Primera instancia Notifiquese Providencia Direccion de inmueble Sentencia rectificada.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: VAIO ANABELLA GISELE. Demandado: ARANCIBIA RUBEN DARIO. Objeto: Atribución de vivienda familiar (atribución provisoria de la vivienda a la actora). Decisión: Se hizo lugar al petitorio de aclaratoria/corrección y se rectificó el domicilio consignado en la sentencia de fecha 02/07/2026, fijando el domicilio correcto de la vivienda atribuida provisoriamente en Ing. Antonio Barbazán 1150 (en lugar de 1170). Regístrese y notifíquese.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual del auto): "Atento lo peticionado y lo dispuesto por el Art. 166 Inc. 2º C.P.C., aclárase que el domicilio de la vivienda atribuida provisoriamente a la actora, es Ing. Antonio Barbazán 1150 y no Ing. Antonio Barbazán 1170 como se colocara erróneamente en la sentencia de fecha 02/07/2026." "Regístrese. Notifíquese."

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