ACOSTA GIMENA SIOMARA Y OTROS C/ CARNEVALE LUCIA Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La actoras reclamaron indemnización por daños y perjuicios por un arrollamiento en la vía pública. El Tribunal hizo lugar a la demanda frente a la conductora y al titular registral, declaró la responsabilidad exclusiva de la conductora y rechazó la citación en garantía por falta de cobertura del seguro por conducir sin licencia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Gimena Siomara Acosta (por sí y en representación de su hijo menor Benjamín Acosta) y Janet Ariana Pozo.
Demandado: Lucía Carnevale y Jorge Andrés Lueches Confalonieri; El Progreso Seguros fue citada en garantía.
Objeto: Daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito ocurrido el 10/02/2021 en Tandil en el que un VW Gol dominio FDF-285 embistió a las víctimas; se solicitó indemnización por incapacidad física, daño moral y demás rubros.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda contra Lucía Carnevale y Jorge Andrés Lueches Confalonieri y se condenó a pagar: a Gimena Acosta $48.000.000; a Janet Pozo $5.000.000; y al menor Benjamín $9.000.000 (más intereses desde el 10/02/2021 y costas según considerandos). Se rechazó la demanda respecto de El Progreso Seguros por aplicación de exclusión de cobertura por falta de licencia del conductor.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
1) Sobre la responsabilidad objetiva y prueba del hecho:
"Tratándose en autos de un reclamo de daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito, corresponde encuadrar la cuestión dentro del régimen de la responsabilidad civil objetiva... Para que se produzca esta responsabilidad, deben cumplirse los requisitos establecidos, que incluyen: existencia de daño resarcible, existencia de factores de atribución, la antijuridicidad de la conducta endilgada y relación de causalidad adecuada entre el hecho y el daño por el que se reclama (arts. 1717, 1726, 1729, 1730, 1736, 1738, 1757 y ccdtes. del C.C. y C.)."
"Así, se encuentra acreditada la responsabilidad exclusiva de la conductora del vehículo Volkswagen Gol dominio FDF285, Lucía Carnevale, en la generación del accidente... La responsabilidad así atribuida ha de hacerse extensiva al titular registral del rodado, codemandado Andrés Lueches Confalonieri (cuya titularidad surge acreditada...)."
2) Sobre la excepción opuesta por la aseguradora:
"La citada en garantía opuso excepción de falta de cobertura... la póliza... establece que 'el asegurador no indemnizará los siguientes siniestros producidos y/o sufridos por el vehículo y/o su carga: 4) mientras sea conducido por personas que no estén habilitadas para el manejo de esa categoría de vehículo por autoridad competente'."
"Por ello, las cláusulas de las pólizas de seguro que excluyen la cobertura cuando el vehículo asegurado es conducido por una persona que carece de licencia habilitante para conducir no pueden, en principio, reputarse abusivas... En consecuencia, la póliza que contempla expresamente dicha exclusión, es plenamente oponible al tercero damnificado."
"En tales condiciones, encontrándose acreditado que al momento del accidente el vehículo asegurado era conducido por una persona que carecía de licencia habilitante, corresponde hacer lugar a la defensa de exclusión de cobertura opuesta por la citada en garantía y, en consecuencia, rechazar la demanda respecto de ésta."
3) Sobre la cuantificación de los daños:
- Incapacidad y daño moral de Gimena Acosta:
"La pericia médica... determinó... incapacidad parcial y permanente del 12% de la T.O... El guarismo empleado arroja la suma de $ 42.701.248,02.
- lo que me persuade de hacer lugar al rubro en tratamiento fijando la suma de $ 40.000.000.
- en concepto de cánon resarcitorio... Corresponde hacer lugar al rubro en tratamiento, fijando prudencialmente la suma de $ 8.000.000.
- en concepto de cánon resarcitorio (daño moral)."
- Janet Pozo:
"la pericia médica... concluyó que... las lesiones no le provocan incapacidad, por lo que corresponde rechazar el rubro en tratamiento. ...corresponde hacer lugar al rubro en tratamiento [daño moral], fijando la suma de $ 5.000.000.-"
- Menor Benjamín Acosta:
"la pericia médica... constatándose una cicatriz... lo que le ocasiona una incapacidad del 7%. ... estimo prudente fijar la indemnización correspondiente a este rubro en la suma de pesos cinco millones ($ 5.000.000)... Resulta evidente el perjuicio moral padecido por un niño... Por ello, estimo justo hacer lugar al rubro en tratamiento, fijando prudencialmente la suma de $ 4.000.000.-"
- Liquidación y fallo:
"FALLO: 1°) RECHAZAR la citación en garantía y la demanda respecto a EL PROGRESO SEGUROS; 2°) HACER LUGAR a la demanda... 3°) CONDENAR a estos últimos a abonar a la coactora GIMENA SIOMARA ACOSTA, la suma de PESOS CUARENTA Y OCHO MILLONES ($ 48.000.000.-), a la coactora JANET ARIANA POZO, la de PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000.-) y al coactor BENJAMIN ACOSTA, la de PESOS NUEVE MIL ($ 9.000.000.-) con más los intereses... sujeto a liquidación, en el plazo de DIEZ (10) días, bajo apercibimiento de ejecución."
4) Sobre intereses y costas:
"Respecto de los montos indemnizatorios... los intereses moratorios deben liquidarse... a la tasa pura del seis por ciento (6%) anual desde la fecha del hecho dañoso --10 de febrero de 2021-
- hasta el dictado de la sentencia... A partir de ese momento... la tasa pasiva más alta fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires... COSTAS: Las costas por el rechazo de la citación en garantía, se imponen a la actora vencida, en tanto que las generadas por la acción que prospera, a los demandados vencidos."
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