Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: PEREYRA, NICOLAS HORACIO s/ESTAFA y USO DE DOCUMENTO ADULTERADO O FALSO (ART.296) DENUNCIANTE: SPROVIERO, IGNACIO RAUL Y OTRO
Imputado fue sobreseído tras homologación de un acuerdo de reparación integral por suplantación de identidad para adquirir productos financieros. La Cámara Nacional de Casación hizo lugar parcialmente al recurso fiscal, anuló la homologación, apartó a la jueza de grado y devolvió la causa para que otro magistrado tramite lo conducente por defectuosa motivación y falta de consideración de otras víctimas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (Fiscal General interpusó el recurso).
Demandado: Nicolás Horacio Pereyra (imputado) y la decisión de la Dra. Inés Cantisani (Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº16).
Objeto: Impugnación de la homologación de un acuerdo de reparación integral y del sobreseimiento dictado el 21/02/2025 por entenderse que la decisión adolece de arbitrariedad, error en la calificación de damnificados y falta de intervención/consentimiento de otras personas afectadas.
Decisión: La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de casación, anuló la decisión de homologación y sobreseimiento, apartó a la jueza de grado y devolvió las actuaciones para que otro magistrado continúe el trámite, sin costas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos más relevantes):
"En efecto, si se tiene presente que la causal extintiva de la acción penal aplicada al caso requiere previamente un acuerdo económico entre las presuntas víctima y victimario, y que la definición legal de la primera es que se debe tratar de 'la persona ofendida directamente por el delito' (art. 2, inciso a, Ley Nacional nº 27.372 sobre derechos y garantías de las víctimas de delitos), la Fiscalía recurrente lleva la razón, pues la valoración global del hecho delimitado de cara al juicio oral y público arroja que, sin perjuicio del acierto o error de considerar que Ignacio Raúl Sproviero haya resultado damnificado de las maniobras presuntamente ilícitas atribuidas a Pereyra, es indudable que no es el único, sino también que lo habrían sido las otras personas involucradas en ella e individualizadas por el impugnante en el recurso que motivó la intervención de esta Cámara."
"La Sra. Jueza de instancia no explicó cómo, partiendo de la base del concepto legal de víctima y uniéndolo o contrastándolo con el tipo de lesión patrimonial objeto de un eventual juzgamiento y la mecánica de la defraudación, reconoció a Sproviero como damnificado, al mismo tiempo que negó que haya sufrido alguna merma patrimonial, la cual sí advirtió que fue soportada por otras personas emergentes del relato del hecho delimitado por el órgano acusador y que no intervinieron en el acuerdo de reparación integral sometido a su escrutinio."
"En consecuencia, es aplicable al caso el criterio según el cual 'es arbitraria la sentencia… pues es el producto de una defectuosa y fragmentaria evaluación de la prueba y constancias de la causa, y por haberse apoyado en afirmaciones dogmáticas e inferencias sin sostén jurídico que… parecen responder a la exclusiva voluntad de los jueces' 'Zelaya', Fallos: 348:1178, del dictamen de la Procuración General de la Nación al que remitió el Máximo Tribunal."
"En virtud de todo lo expuesto, propongo entonces al Acuerdo hacer lugar parcialmente al recurso de casación presentado por la Fiscalía, anular la decisión impugnada, apartar a la Dra. Inés Cantisani del conocimiento de esta causa y devolver las actuaciones al tribunal de origen para que otro magistrado continúe con el trámite procesal que corresponda, sin costas (artículos 471 y 532 del Código Procesal Penal de la Nación)."
- Votos: El juez Huarte Petite expuso los fundamentos reproducidos; el juez Horacio Días adhirió; el juez Pablo Jantus se abstuvo de votar por considerarlo innecesario conforme art. 23 CPPN, conformándose con la solución.
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