RODRIGUEZ GASTON NICOLAS Y OTRO/A C/ ACCOSSATO GERALDINE NATALIA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Acción por daños y perjuicios automovilísticos con desistimiento del actor respecto de la conductora y su aseguradora. El Tribunal tiene por desistido al actor en los términos del art. 304 del C.P.C.C., hace lugar al desistimiento, impone costas a la actora y difiere la regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: RODRIGUEZ GASTON NICOLAS y otro/a.
Demandado: ACCOSSATO GERALDINE NATALIA y la citada en garantía FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A.U.
Objeto: Daños y perjuicios por accidente automovilístico con lesión o muerte (causa titulada "DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)").
Decisión: Se tuvo por contestado el traslado; se tuvo al accionante por desistido del presente proceso contra ACCOSSATO GERALDINE NATALIA y contra la aseguradora; costas a cargo de la actora; se difiere la regulación de honorarios hasta que existan pautas para reglamentarla.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Proveyendo los escritos electrónicos presentados por el Dr. STOPIELLO German Alberto, los días 5/5/2026 y 15/5/2026 titulados OPOSICION PRESENTA (245300432028908265) y DESISTIMIENTO
- PRESENTA (242300432028984143): Tiénese por contestado el traslado conferido con fecha 24/4/2026 en los términos del art. 304 del CPCC."
"AUTOS Y VISTOS: De conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los arts. 304 del C.P.C.C., tiénese al accionante por desistido del presente proceso contra ACCOSSATO GERALDINE NATALIA y la citada en garantía FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A.U. Con costas a la actora (art. 73 del C.P.C.C.), difiriéndose la regulación de honorarios para el momento que exista pautas para poder realizarla (ley arancelaria 14.967)."
"Proveyendo íntegramente el escrito presentado con fecha 31/03/2026 MANIFESTACION
- FORMULA (244200432028661835): Al planteo de idoneidad de testigo e irregularidades en el proceso, formulado por el letrado apoderado de la citada en garantía, estese a la conclusión del proceso que se dispone supra."
Además se consignan notificaciones electrónicas: regístrese y notifíquese a 23284238869@notificaciones.scba.gov.ar y 20255250648@notificaciones.scba.gov.ar. Firmado en la Ciudad de Morón. Débora Elena Lelkes. Juez (P.D.S.).
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