Logo

GONZALEZ, JORGE FRANCISCO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Los actores demandaron a Provincia ART S.A. y otro por reconocimiento de la relación causal entre tareas laborales y patologías (hemorroides internas y gonalgia bilateral). La Cámara confirmó la sentencia de grado y las resoluciones de la Comisión Médica que negaron vínculo causal, señalando que los agravios no son una crítica concreta y razonada capaz de desvirtuar las conclusiones técnicas administrativas.

Riesgos del trabajo Comision medica jurisdiccional Causalidad Hemorroides internas Gonalgia bilateral Prueba pericial Tutela judicial efectiva Costas Honorarios Apelacion confirmada

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: GONZÁLEZ, JORGE FRANCISCO y otro. Demandado: PROVINCIA ART S.A. y otro. Objeto: Reconocimiento de la relación de causalidad entre las tareas desempeñadas y las patologías denunciadas (hemorroides internas y gonalgia bilateral), con las consecuencias indemnizatorias/beneficios previstas. Decisión: Se confirmó la sentencia apelada que había validado las resoluciones de la Comisión Médica Jurisdiccional N° 10, las cuales concluyeron que no existe relación causal entre las patologías y la tarea, y se impusieron las costas por su orden; se regularon honorarios en el 30% de lo que corresponda por labor en origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes, con lenguaje original del tribunal): "En efecto, los argumentos desarrollados en el memorial recursivo no constituyen una crítica concreta y razonada de los fundamentos expuestos en la sentencia apelada, sino que exteriorizan una mera discrepancia con la solución adoptada." "Ello es así, pues de las constancias obrantes en los expedientes administrativos surge que la Comisión Médica examinó la documentación acompañada por el trabajador y emitió las resoluciones cuestionadas sobre la base de los respectivos Informes Técnicos Médicos, concluyendo que no se encontraba acreditada la existencia de relación causal entre las patologías denunciadas y las tareas desarrolladas por el actor. Asimismo, la Comisión Médica consideró que los antecedentes reunidos resultaban suficientes para emitir un pronunciamiento, razón por la cual no estimó necesaria la celebración de una audiencia médica." "Tampoco asiste razón al recurrente cuando sostiene que en el caso se habría vulnerado la garantía de revisión judicial suficiente. En efecto, la sentencia de grado examinó los agravios formulados contra las resoluciones administrativas y concluyó, con fundamentos que comparto, que no existían razones objetivas que justificaran apartarse de las conclusiones técnicas allí alcanzadas. En tales condiciones, no se advierte afectación alguna a las garantías constitucionales invocadas ni se verifica que el pronunciamiento recurrido haya restringido el control judicial de las resoluciones administrativas."
- Votos: El Dr. Manuel P. Díez Selva votó por confirmar la sentencia apelada y regular costas/honorarios; el Dr. Alejandro Sudera adhirió; el Dr. Carlos Pose no votó (art. 125 L.O.).

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar