DECIMAVILLA SANTIAGO S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se promovió una declaratoria de herederos por la sucesión abintestato de Santiago Decimavilla, fallecido el 1° de octubre de 2008. El Tribunal declaró que le suceden como herederos universales sus hijos Felisa Marta, Eduardo, María Luz y María del Pilar Decimavilla y su cónyuge Zelia Ferraz da Cruz, con declaración específica respecto de bienes propios y derechos sobre gananciales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor:
- Los interesados en la sucesión: Felisa Marta Decimavilla; Eduardo Decimavilla; María Luz Decimavilla; María del Pilar Decimavilla; y la cónyuge Zelia Ferraz da Cruz, quienes peticionaron la declaratoria de herederos.
Demandado:
- No se individualiza demandado; se trata de un trámite declaratorio de herederos por fallecimiento abintestato.
Objeto:
- Se solicita la declaratoria de herederos por el fallecimiento de SANTIAGO DECIMAVILLA (f. defunción agregada, 1° de octubre de 2008) y la consecuente adjudicación indicativa de participación sucesoria.
Decisión:
- Se declara que por el fallecimiento de SANTIAGO DECIMAVILLA le suceden en carácter de herederos universales sus hijos Felisa Marta, Eduardo, María Luz y María del Pilar Decimavilla y su cónyuge Zelia Ferraz da Cruz; a ésta última se la declara heredera en cuanto a los bienes propios si los hubiere, con expresa preservación de los derechos que la ley le reconoce respecto de los gananciales. Regístrese.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes y citas textuales):
I.
- "Que con el certificado de defunción agregado en el escrito de inicio se acredita el fallecimiento de SANTIAGO DECIMAVILLA, ocurrida el 1° de octubre de 2008."
II.
- "Que el mismo era de estado civil casado en segundas nupcias con ZELIA FERRAZ DA CRUZ , habiendo contraído matrimonio con con fecha 28/11/1991 y que de dicha unión nació María del Pilar DECIMAVILLA (acta de matrimonio y nacimiento agregadas en el escrito de inicio)."
III.
- "El causante había contraído sus primeras nupcias con LEONOR CEREZO con fecha 29 de marzo de 1962 y que de dicha unión nacieron Felisa Marta DECIMAVILLA, Eduardo DECIMAVILLA y María Luz DECIMAVILLA (acta de matrimonio y nacimientos agregadas en el escrito del 20/11/2025)."
IV.
- "Que con los diarios y recibos agregados mediante constancia electrónica de fecha 2 de marzo de 2026 consta el haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 del ritual y sobre cuyo resultado negativo informa el Sr. Secretario en este acto."
Resolución: "Por ello de conformidad con lo pedido y en orden a lo normado por los arts. 2337, 2424, 2426 y conc. del C. Civil y Comercial, 735 y 737 del C. Procesal, se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por el fallecimiento de SANTIAGO DECIMAVILLA le suceden en carácter de universales herederos sus hijos Felisa Marta DECIMAVILLA, Eduardo DECIMAVILLA , María Luz DECIMAVILLA y María del Pilar DECIMAVILLA y su cónyuge ZELIA FERRAZ DA CRUZ a quién también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda respecto de los gananciales. REGISTRESE."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: