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CAMACHO SANABRIA CHIARA MICAELA Y OTRO/A C/ RIO URUGUAY COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO) (L)

Los actores promovieron acción por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 14/07/2021 y reclamaron diversas partidas indemnizatorias. El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando al conductor y asegurado Arnaldo Servian y haciendo extensiva la condena a Rio Uruguay Cooperativa de Seguros Ltda., por un total de $7.940.000, con expresiones sobre la prueba, rebeldía y la valoración pericial.

Danos y perjuicios automotor Accidente de transito 14/07/2021 Responsabilidad objetiva por cosa/actividad riesgosa Rebeldia procesal Nexo causal Pericia psicologica (dano psiquico) Dano moral Art. 118 ley 17418 (citacion en garantia / aseguradora) Intereses desde la fecha del hecho (6% anual) Condena por $7.940.000 (discriminado $1.000.000 y $6.940.000)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Chiara Micaela Camacho Sanabria y Marcelo Luis Rego, por conducto de mandataria Dra. Sabrina Anabel Nuñez. Demandado: Arnaldo Servian (conductor del VW Suran) y, en garantía, Rio Uruguay Cooperativa de Seguros Limitada. Objeto: Resarcimiento por daños y perjuicios por accidente de tránsito del 14/07/2021 (lesiones físicas, daño psíquico, daño moral, gastos médicos), cuantificado en el escrito en $3.020.000 por los actores (detalle por rubros). Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se condenó a Arnaldo Servian a abonar conjuntamente a los actores la suma total de PESOS SIETE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA MIL ($ 7.940.000) — $1.000.000 a favor de Chiara M. Camacho Sanabria y $6.940.000 a favor de Marcelo L. Rego—, con intereses desde la fecha del hecho (14/07/2021) al 6% anual hasta el pronunciamiento y luego a la tasa pasiva más alta del Banco Provincia; se impusieron costas a la demandada vencida y se hizo extensiva la condena a Rio Uruguay Cooperativa de Seguros Ltda. en los términos del art. 118 Ley 17418.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- Sobre la rebeldía y sus efectos: "Cabe recordar que la declaración de rebeldía sólo crea una presunción a favor del actor de la veracidad de los hechos lícitos y pertinentes que constan en la demanda, pero no impone al juez una decisión favorable a las pretensiones del actor, sino que lo autoriza para acceder a ellas si fueran justas y estuvieran en forma ... 'La declaración de contumacia constituye una verdadera sentencia interlocutoria ( art.161 del CPCC ), declarativa de certeza negativa, cuyos efectos se producen en todos los actos procesales siguientes. La rebeldía del demandado debe tenerse como equivalente al silencio o negativa a contestar, es decir, que debe admitirse la verdad de los hechos lícitos expuestos en la demanda y la autenticidad de la documentación acompañada' (voto de la Dra. Ludueña...)."
- Sobre la valoración de la prueba y determinación del nexo causal: "En virtud de todo lo hasta aquí analizado, ponderando primordialmente el reconocimiento del hecho por parte de la citada en garantía, la declaración testimonial rendida en autos, la prueba pericial mecánica, documental e informativa agregada y la rebeldía declarada en relación a Servian, ... me lleva a la firme convicción de el hecho aconteció tal como lo relatan los actores. ... concluyendo finalmente que no se ha demostrado culpa de la víctima, de un tercero por el cual no deba responder, ni ningún otro eximente de los que nos habla la normativa aplicable al caso, por lo que la acción debe prosperar contra el accionado Servian en su carácter de conductor y asegurado del rodado embistente."
- Sobre la admisión o rechazo de rubros indemnizatorios: "En lo que a este rubro se refiere, debo decir que el mismo no ha sido probado en el proceso: ... el Hospital ... ha informado la inexistencia de historias clínicas de los actores, ... los actores desisten de la producción del informe pericial del Médico legista, llevándome todo esto a disponer la inexistencia de medios probatorios suficientes ... Por ello, ... resulta improcedente la reparación que se reclama ... debiendo rechazarse el rubro en estudio ante la falta de acreditación suficiente." "Por ello y lo dictaminado por la perito interviniente corresponde rechazar este rubro indemnizatorio respecto de la coactora Chiara Micaela Camacho Sanabria (art. 375 del CPCC), y recepcionándolo respecto del Marcelo Luis Rego, fijándo a su favor ... PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA MIL ($ 3.940.000-), que se discrimina en la suma de $ 2.500.000.
- por el reclamo del rubro daño psicológico y $ 1.440.000.
- por el rubro tratamiento..." "En razón de ello, es que hago lugar al rubro en estudio [daño moral], cuantificando el mismo ... a favor de Chiara Micaela Camacho Sanabri en la suma de PESOS UN MILLÓN ($ 1.000.000.-) y a favor del Marcelo Luis Rego, en la suma de PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000.-)..."
- Sobre la extensión de la condena a la aseguradora y límite: "Así, corresponde hacer extensivos los efectos patrimoniales de la presente sentencia a la citada en garantía ... en virtud de lo previsto por el art. 118 de la Ley 17418 ... debiendo interpretarse que los límites de cobertura serán los establecidos por las Resoluciones de la SSN que se encuentren en vigencia a la fecha de pago ..."
- Votos en disidencia: No consta voto dividido; la sentencia se analiza como resolución del Tribunal.

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