GIMENEZ ADOLFO DANIEL C/ CHEDDAD JUAN MANUEL Y OTRO/A S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
El actor promovió un incidente de beneficio de litigar sin gastos a fin de litigar sin afrontar las costas en la causa principal por daños y perjuicios automotores. El Tribunal concedió el beneficio al considerar acreditada la carencia de recursos del solicitante mediante declaración jurada y testimonios, y ordenó que litigue sin pago de costas mientras no mejore su fortuna.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Adolfo Daniel Gimenez.
Demandado: Juan Manuel Cheddad y Compañía de Seguros El Norte S.A.
Objeto: Se promueve el beneficio de litigar sin gastos para poder intervenir en la causa principal caratulada "GIMENEZ ADOLFO DANIEL C/ CHEDDAD JUAN MANUEL Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)" (JU-945-2023) sin afrontar las costas del proceso.
Decisión: Se concede al Sr. Adolfo Daniel Gimenez el beneficio de litigar sin gastos con el alcance de los arts. 78, 79, 80 y 84 del CPCC, pudiendo litigar sin satisfacer las costas mientras no mejore su fortuna; se imponen las costas de la incidencia al orden causado y se difiere la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Así es que, mediante las declaración jurada patrimonial allegada en archivo PDF adjunto al escrito electrónico de fecha 10/05/2024 , surge que el Sr. Adolfo Daniel Gimenez :
.-Que posee una vivienda donde vive que no se encuentra escriturada a su nombre.
.
- Que convive con su señora y mis tres hijos menores de edad. .
- Que realiza trabajos de albañilería que no son fijos por lo que hay días que trabaja y días que no
.
- Que es dueño de una motocicleta marca Mondial, modelo 110 cc., dominio 832KKA, motocicleta en la que circulaba cuando se produjo el accidente denunciado en los autos principales.
.-Que no posee tarjetas de crédito, ni otros bienes muebles registrables."
"Lo expresado en las declaración jurada del Sr. Adolfo Daniel Gimenez , se complementa con las declaraciones testimoniales realizadas en la audiencia celebrada en su oportunidad -ver acta de audiencia de fecha -, donde los testigos Sres. Romero Gimenez, Gamarra y Moreyra , avalan la situación económica del actor , en cuanto a la actividad que realiza, y que no se encuentra en condiciones de afrontar los gastos de un juicio, no teniendo otros bienes que su casa y una moto."
"Así, de la valoración de la prueba aportada en autos surge que, el actor Adolfo Daniel Gimenez, no posee bienes de fortuna, ni tiene posibilidad de obtenerlos.
Por su parte, la contraria no ha aportado pruebas a fin de desvirtuar la alegada carencia de recursos del actor mencionado (arts. 375 y 384 del CPCC). Pues, la citada carencia de recursos, resulta ser una cuestión de hecho, que queda librada a la valoración judicial sobre la importancia económica del proceso conforme las circunstancias del caso y la época."
Decisión dispositiva:
"I-Conceder al Sr. Adolfo Daniel Gimenez , el beneficio de litigar sin gastos con el alcance que determinan las citadas disposiciones y el art. 84 del mismo código, pudiendo en consecuencia litigar contra Juan Manuel Cheddad y Compañía de Seguros El Norte S.A. , sin tener que satisfacer el pago de las costas o gastos judiciales en tanto no mejore de fortuna, con la salvedad establecida en el art. 84 citado (Arts.78,79,81, 84 y ccs. del CPCC).
II-Se imponen las costas de la incidencia en el orden causado (arts .68,69 y ccs. del CPCC)
III
- Diferir la regulación de honorarios hasta el momento que se alleguen pautas a dichos efectos (Arts. 51 y cc. de la Ley 14.967).
IV
- Registrese. Notifiquese automáticamente de conformidad con lo dispuesto por el Ac. 4013 T.O Ac. 4039/2021 SCJBA."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: