NUEVAS MUEBLERIAS AVENIDA S.A C/ RODRIGUEZ MARIA CRISTINA S/ COBRO EJECUTIVO
El acreedor promovió ejecución por cobrar un pagaré vencido por $200.000 presentado al cobro el 24/06/2023. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, declaró perdida la excepción de la ejecutada y ordenó proceder con el remate aplicando actualización por IPC y CER y una tasa de interés pura del 9% anual desde la mora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Nuevas Mueblerías Avenida S.A., representada por la Dra. Lidia Lorena Varela.
Demandado: Sra. María Cristina Rodríguez.
Objeto: Cobro ejecutivo fundado en un pagaré suscripto el 05/06/2018 por la suma de Pesos Doscientos Mil ($200.000), cuyo vencimiento operó el 24/06/2023, presentado al cobro ese día y al día de la sentencia impago.
Decisión: Se declaró perdida a la ejecutada la facultad de oponer excepciones, se mandó llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada abone íntegramente el capital reclamado ($200.000) con los accesorios pactados, fijando el mecanismo de actualización y la tasa de interés aplicable; y se tuvo por constituido su domicilio en los estrados del Juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Expresa que la ejecución tiene su base en un pagaré sin protesto suscripto por la demandada en fecha 05/06/2018 por la suma de $ 200.000 cuyo vencimiento operó el día 24/06/2023, día que fue presentado al cobro. El mismo se encuentra vencido y al día de la fecha continúa impago."
"IV) Intimado de pago la ejecutada y citada a oponer excepciones conforme lo dispuesto por el art.540 del CPCC (v. mandamiento diligenciado digitalizado con fecha 05/02/2026), no habiéndose presentado a oponer excepciones conforme lo dispuesto por el art.542 del mismo cuerpo normativo, dentro del plazo legal que se encuentra vencido, corresponde darle por perdido el derecho que ha dejado de usar en tiempo oportuno (art. 540 del CPCC)."
"II) Mandar a llevar adelante la presente ejecución, hasta tanto la parte ejecutada, Sra. María Cristina Rodriguez haga al acreedor Nuevas Mueblerias Avenida S.A íntegro pago del capital nominal reclamado de Pesos Doscientos Mil ($ 200.000), con más los intereses pactados desde la fecha de mora 24/06/2023, fijándose un límite a dichos intereses los cuales no podrán superar al resultado que se obtenga de aplicar al capital receptado en la sentencia: el IPC desde el día de la mora mencionada hasta el mes de última publicación del mismo, y desde entonces, hasta el día en que se practique la liquidación, el CER publicado por el B.C.R.A.
Al capital actualizado por dicho mecanismo, se le aplicará la tasa de interés pura del 9% anual, desde la fecha de mora -24/06/2023
- hasta su efectivo pago."
"VII) Asimismo, no habiendo la parte emplazada constituido domicilio procesal, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto por el art.41 del CPC, teniéndose por constituido en los estrados del Juzgado."
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