ANUAR SUEDAN SRL C/ NIEVAS MAYRA ESTEFANIA S/ COBRO EJECUTIVO
El actor promovió cobro ejecutivo sobre pagaré por $870.000 vencido el 10/04/2026. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, declaró perdido el derecho de la ejecutada a oponer excepciones y ordenó ejecutar hasta el pago del capital más intereses pactados actualizables por IPC/CER y 9% anual.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Anuar Suedan S.R.L., representado por Walter Anuar Suedan en su carácter de socio gerente, con patrocinio del Dr. Emiliano D. Basso.
Demandado: Sra. Mayra Estefanía Nievas.
Objeto: Cobro ejecutivo fundado en pagaré librado el 10/01/2026 por la suma de Pesos OCHOCIENTOS SETENTA MIL CON 0/100 ($870.000,00), con vencimiento el 10/04/2026, más intereses, costos y costas.
Decisión: Se declaró perdido el derecho de la ejecutada a oponer excepciones y se ordenó proceder con la ejecución hasta obtener el pago íntegro del capital reclamado más los accesorios pactados; costas a la demandada; domicilio constituido en estrados.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes del fallo):
"Dar a la ejecutada, por perdido el derecho a oponer excepciones (art. 540 y 542 del C.P.C.C.)."
"Mandar a llevar adelante la presente ejecución hasta tanto la parte ejecutada Sra. Mayra Estefanía Nieves, haga al acreedor ejecutante Anuar Suedan S.R.L., íntegro pago del capital nominal reclamado de Pesos OCHOCIENTOS SETENTA MIL CON 0/100 ($870.000,00), con más los intereses pactados, los cuales se aplicarán desde la fecha de la mora del 10/04/2026, los cuales no podrán superar al resultado que se obtenga de aplicar al capital receptado en la sentencia: el IPC desde el día de la mora hasta el mes de última publicación del mismo, y desde entonces, hasta el día en que se practique la liquidación, el CER publicado por el B.C.R.A. Al capital actualizado por dicho mecanismo, se le aplicará la tasa de interés pura del 9% anual, desde la fecha de mora, hasta su efectivo pago (arts. 549 y cc. del CPCC; Conf. Excma. Cámara de Apelaciones Departamental en autos Engenus SRL c/ Mateu s/ Cobro ejecutivo, expte nro. 6817/2024; resolución de fecha 25/3/2025)."
"Costas a la parte demandada (arts. 68, 556 y ccs. del C.P.C.C.)."
"Teniendo por constituido en los estrados del juzgado el domicilio de la parte demandada (arts. 41, 540 y ccs. del C.P.C.C.)."
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