SCIOMMARELLA GENNARO Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO
El peticionante promovió trámite sucesorio intestada por el fallecimiento de Genaro Sciommarella e Ida Fullone, solicitando la declaratoria de herederos. El Tribunal declaró como herederos universales a los hijos Pablo Daniel, Natalia Carina y Ricardo Andrés Sciommarella y Striuli, y a la cónyuge María Striuli en cuanto a sus bienes propios y derechos sobre los gananciales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Los interesados/solicitantes en el expediente sucesorio (los hijos PABLO DANIEL, NATALIA CARINA y RICARDO ANDRÉS SCIOMMARELLA y la cónyuge MARIA STRIULI), según lo solicitado en autos.
Demandado: No se individualiza demandado; trámite de sucesión intestada.
Objeto: Declaratoria de herederos por fallecimiento de GENARO (Genaro) SCIOMMARELLA y de IDA FULLONE; determinación de calidad de herederos universales y representación por muerte prematura.
Decisión: Se declaró, en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por el fallecimiento de GENNARO (Genaro) SCIOMMARELLA le suceden en carácter de herederos universales sus hijos PABLO DANIEL, NATALIA CARINA y RICARDO ANDRÉS SCIOMMARELLA Y STRIULI y su cónyuge MARIA STRIULI (esta última en cuanto a bienes propios y derechos sobre gananciales). Asimismo, por el fallecimiento de IDA FULLONE se declaró que le suceden en carácter de universales herederos sus nietos (los mismos hijos) en representación de su padre premuerto GENARO SCIOMMARELLA. REGÍSTRESE.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"I: que con los certificados de defunción digitalizados a fs. 1 se acredita el fallecimiento de GENARO SCIOMMARELLA ocurrido el día 18 de enero de 2024 quien era de estado civil casado con MARISA STRIULI (fs. 1) con quien había contraído matrimonio el día 18 de noviembre de 1977; y el fallecimiento de IDA FULLONE ocurrido el 5 de junio de 2024 siendo de estado civil viuda de RICARDO SCIOMMARELLA, fallecido el 8 de febrero de 1972 (fs. 1)."
"II: que con la partida de nacimiento digitalizada a fs. 16 se acredita el nacimiento de Genaro Sciommarella el día 6 de septiembre de 1948, siendo hijo de la causante Ida Fullone y de Ricardo Sciommarella."
"III: que de la unión conyugal de Genaro Sciommarella y Marisa Striuli nacieron los siguientes hijos: PABLO DANIEL (fs. 19) el 12 de mayo de 1979, NATALIA CARINA (fs. 1) el 18 de julio de 1980 y RICARDO ANDRES (fs. 1) el 9 de marzo de 1985."
"IV: que con el diario agregado a fs. 12 consta haberse efectuado la publicación de edicto que prescribe el art. 734 inc. 2 del CPCC, la cual arrojó resultado negativo."
"V: De conformidad con lo que surge de la documentación obrante en autos, se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y al solo efecto de este sucesorio que 'GENNARO SCIOMMARELLA y GENARO SCIOMMARELLA', se trata en todos los casos de una misma y única persona (arg. arts. 823 y c.c. del CPCC)."
"Por ello; de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los arts. 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación y arts. 735 y 737 del CPCC, se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de GENARO SCIOMMARELLA le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: PABLO DANIEL, NATALIA CARINA y RICARDO ANDRES SCIOMMARELLA Y STRIULI y su cónyuge MARIA STRIULI a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda respecto a los gananciales."
"De conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los arts. 2337, 2424, 2426 y 2427 del Código Civil y Comercial de la Nación y arts. 735 y 737 del CPCC, se declara en cuanto a lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de IDA FULLONE le suceden en carácter de universales herederos sus nietos PABLO DANIEL, NATALIA CARINA y RICARDO ANDRES SCIOMMARELLA Y STRIULI (en representación de su padre premuerto GENARO SCIOMMARELLA). REGISTRESE."
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