OBRASUR S.A. C/ JALIF MARIA VIRGINIA Y OTRO/A S/ ESCRITURACION
El actor promovió demanda de escrituración respecto de una parcela en Monte Hermoso por incumplimiento de otorgamiento de escritura traslativa de dominio. El Tribunal hizo lugar a la demanda, ordenó a los demandados a suscribir la escritura en 30 días y les imputó las costas, rechazando la aplicación de la multa reclamada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Obrasur S.A.
Demandado: María Virginia Jalif y Mauricio Onorato
Objeto: Se solicita la escrituración (otorgamiento de la escritura pública traslativa de dominio) respecto del inmueble identificado como Circunscripción II Sección C Manzana 123 Parcela 3, Partido de Monte Hermoso; se reclama además multa diaria de U$S 13,68 por demora y se reserva reclamar daños y perjuicios.
Decisión: Se hace lugar a la demanda y se ordena a los demandados que suscriban la escritura pública traslativa de dominio dentro de los 30 días de consentida la presente, bajo apercibimiento de que, de no hacerlo, la escritura será otorgada por el juez a costa de los demandados. Se imponen las costas a los demandados y se rechaza la pretensión de multa.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Atento la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación, cabe dejar sentado que el conflicto planteado en autos, habrá de ser resuelto a la luz de las disposiciones del derogado Código Civil, conforme el art.7 del vigente Código Civil y Comercial de la Nación, teniendo en cuenta que los hechos que originan el pleito se consumaron con anterioridad a la entrada en vigencia del que hoy rige..."
"La demanda de escrituración es una acción judicial que surge de lo dispuesto por el art. 1187 del C. Civil, el cual expresamente dispone: 'La obligación de que habla el artículo 1185 será juzgada como una obligación de hacer, y la parte que resistiere hacerlo, podrá ser demandada por la otra para que otorgue la escritura pública, bajo pena de resolverse la obligación en el pago de pérdidas e intereses'."
"Debido al allanamiento de los demandados se tiene por acreditado que actora vendió a los demandados una parcela de terreno ... por la suma de U$S 22.400, así como también que los demandados abonaron la totalidad del precio considerando lo expuesto en demanda por la parte actora. Por lo expuesto, teniendo en cuenta que no ha podido realizarse la escritura traslativa de dominio, corresponde hacer lugar a la demanda y ordenar a los demandados que suscriban a su favor la correspondiente escritura pública traslativa de dominio respecto del inmueble precedentemente referido (art. 1184 C.C.)."
"Respecto a la multa... El actor, solicita la aplicación una multa diaria de U$S 13.68 desde la fecha de incumplimiento hasta la fecha de efectivo pago... sin realizar determinación alguna de lo pretendido por tal concepto. Asimismo, ... habiendo el actor reconocido en demanda que percibió el importe total del precio de venta convenido, no resulta de aplicación para el caso. En consecuencia, no corresponde admitir suma alguna por el concepto bajo examen."
"Atento la forma en que se resuelve la pretensión impetrada, las costas se imponen a los demandados en su condición de vencidos (art. 68 y cc. del CPCC) y en tanto la demora en la escrituración le resulta atribuible dado que los intentos de notificación fueron hechos al domicilio constituido en el contrato..."
Fallo (extracto): "Esta causa seguida por Obrasur S.A contra María Virginia Jalif y Mauricio Onorato haciendo lugar a la demanda, en consecuencia ordénase a los accionados a que suscriban la escritura pública traslativa del inmueble ... en el término de treinta días de consentida la presente, bajo apercibimiento de que en caso que los accionados no cumpliesen dentro del plazo que le ha sido fijado, la escritura será otorgada por el Infrascripto y a costa de los demandados (art. 510 C.P.C.C.). Con costas (art. 68 del C.P.C.C.)."
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