S, E. A. c/ INSSJP - PAMI s/PRESTACIONES FARMACOLÓGICAS
La actora promovió acción de amparo contra el INSSJP solicitando prestaciones farmacológicas. La Cámara Federal de Mar del Plata declaró desierto el recurso de apelación de la demandada, confirmó la imposición de costas a ésta y ratificó la regulación de honorarios de primera instancia, regulando además los honorarios de alzada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: S., E. A. (actora/amparista).
Demandado: INSSJP (Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados).
Objeto: Prestaciones farmacológicas mediante acción de amparo.
Decisión: Se declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por la demandada respecto del fondo; se confirmó la imposición de costas a la demandada; se confirmaron los emolumentos fijados en primera instancia y se regularon los honorarios de los profesionales por la actuación en alzada, fijando montos precisos (6 U.M.A. = $588.672 para el Dr. Rodolfo F. Salgado; 7,8 U.M.A. = $765.273 para la Dra. Patricia A. Fraschetti), con más aportes previsionales e IVA si correspondiere.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"En cuanto a la apelación de las costas, entiendo que la imposición de las mismas no debe apartarse de la regla general de su carga al vencido, debiendo desestimarse el agravio en cuestión. ... el régimen específico regulatorio de la acción de amparo en el orden federal, se encuentra efectivamente normado por el art. 14 de la ley 16.986 que contiene como regla general el principio objetivo de la derrota como fundamento de la imposición de costas."
"Al entrar en el análisis del escrito de apelación presentado por la demandada advierto que las manifestaciones allí formuladas adolecen -en mi criterio
- de una marcada insuficiencia impugnativa, pues los art. 15 de la ley ritual y 265 y 266 CPCCN por rem. art 17 de la ley 16.986 imponen al recurrente la carga procesal de fundar su postura efectuando una crítica concreta y razonada de las partes de la sentencia que considera equivocadas. ... entiendo que dichas alegaciones no constituyen sino meras discrepancias con lo resuelto, por lo que debe declararse desierto el recurso."
"Atento el estado de autos y las labores realizadas ante esta instancia, ... corresponde regular los emolumentos de Alzada, ... Corresponde tomar como base arancelaria los emolumentos fijados en primera instancia, esto es, la cantidad de 20 y 26 U.M.A., respectivamente. ... IV.
- Regular los emolumentos del Dr. Rodolfo Fabián Salgado en la cantidad de 6 U.M.A., equivalentes a la suma de pesos quinientos ochenta y ocho mil seiscientos setenta y dos ($ 588.672.-) ... V.
- Regular los emolumentos de la Dra. Patricia Alejandra Fraschetti ... en la cantidad de 7,8 U.M.A., equivalentes a la suma de pesos setecientos sesenta y cinco mil doscientos setenta y tres ($ 765.273.-)."
- Votos: Voto mayoritario integrado por los Dres. Jiménez y Tazza (adhieren ambos). No se registran votos en disidencia.
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