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MIGUELEZ PENIDE, ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

Miguelez Penide promovió demanda contra ANSES por reajuste de haberes previsionales. La Cámara Federal de Mar del Plata modificó parcialmente la sentencia de grado: declaró la inconstitucionalidad de artículos de las leyes 27.609 y la Res. SSS 3/2021, confirmó la exención del impuesto a las ganancias sobre retroactividades y difirió al trámite de ejecución el tratamiento de topes y otros aspectos.

1. reajuste de haberes 2. anses 3. ley 27.609 4. ley 26.417 5. inconstitucionalidad 6. exencion impuesto a las ganancias 7. res. sss 3/2021 8. actis caporale / elliff 9. topes previsionales 10. costas

Actor: MIGUELEZ PENIDE, ALBERTO. Demandado: ANSES. Objeto: Reajuste/recalculo del haber previsional (reajuste de haberes); impugnación de normas aplicadas al cálculo y otras cuestiones conexas (inconstitucionalidades, exención de impuesto a las ganancias, costas). Decisión: La Cámara revocó partes de la sentencia de primera instancia (anticipación de aplicación de parámetros Actis Caporale y declaración de inconstitucionalidad del tope del art. 24 ley 24.241), declaró la inconstitucionalidad del art. 4 de la ley 27.609 (modif. art. 2 ley 26.417) y del art. 4 inc. 4) de la Res 3/2021 SSS, confirmó el resto de la sentencia en cuanto fue materia de apelación, confirmó la exención del impuesto a las ganancias sobre las retroactividades y dispuso imponer las costas de ambas instancias a la vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Transcripción literal de párrafos relevantes: "II.
- En relación a los agravios vinculados con el índice para el recálculo del haber inicial y la inconstitucionalidad del art. 3 de la ley 27.426, teniendo en consideración la fecha de adquisición del derecho, advertimos que la cuestión resulta sustancialmente análoga a lo examinado por esta Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, en el fallo: “BIANCHINI, NESTOR CESAR c/ ANSeS s /REAJUSTE DE HABERES, PROTOCOLO Aco. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 013725/2021/CA001 Fecha: 08/08/2024 y “MORO, ANGEL ALBERTO c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES, 'PROTOCOLO Aco. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 004934/2021/CA001 Fecha: 12/08/2024”, por lo cual corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 4 de la ley 27.609 remitiendo a los fundamentos vertidos en los fallos citados, que pasan a formar parte del presente resolutorio." "Amerita aclarar aquí, que a los efectos del recálculo del haber inicial deberán extenderse las pautas determinadas en el fallo 'Elliff' (Fallos: 332:1914) hasta el mensual febrero de 2009 inclusive, es decir que hasta entonces las remuneraciones deben actualizarse por el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC), y las posteriores al 01.03.09, hasta el 28 de diciembre de 2017, por las variaciones resultantes de las movilidades establecidas por la Ley N° 26.417 en su redacción original y desde el 29 de diciembre de 2017 a la fecha del otorgamiento del beneficio, mediante la fórmula establecida en las leyes 27.426 y 27.609." "III.
- Ahora bien, en referencia al agravio planteado por la parte demandada en su memorial relacionado la exención del impuesto a las ganancias, el mismo resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, en el fallo: 'GUIRAO MARÍA c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES', 'PROTOCOLO Aco. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 022094054/2011/CA002 Fecha: 20/09/2021, por lo que corresponde rechazar el planteo efectuado por la demandada, debiendo confirmar lo decidido por el a-quo en cuanto declara exentas del impuesto a las ganancias a las retroactividades emergentes de la sentencia dictada en autos." "V.
- Respecto al agravio relacionado con las normas que establecen un sistema de topes a los haberes previsionales, corresponde diferir su tratamiento para la etapa de ejecución de sentencia." "Por ello, éste Tribunal RESUELVE: I.
- REVOCAR la sentencia en cuanto resuelve anticipadamente la aplicación de los parámetros dispuestos en el precedente 'Actis Caporale' a los arts. 9 de la ley 24.463, 9, 25 y 26 de la ley 24.241, y en consecuencia diferir su tratamiento, para la etapa de ejecución de sentencia. Asimismo, REVOCAR la sentencia en cuanto declaró la inconstitucionalidad del tope legal previsto en el art. 24 de la ley 24.241, por resultar dicho análisis, de tratamiento abstracto para el caso de Autos. II.
- DECLARAR la inconstitucionalidad del art. 4 de la ley 27.609, que modifica el art. 2 de la ley 26.417, asimismo REVOCAR el DECISORIO respecto del método de recálculo ordenado y con ello disponer que el recalculo del haber inicial de la actora se ajuste a los parámetros ordenados precedentemente y DECLARAR la inconstitucionalidad del art. 4 inc. 4) de la Res 3/2021 SSS. III.
- CONFIRMAR EL RESTO DE LA SENTENCIA de autos en cuanto fue materia de apelación y agravio e IMPONER las costas de ambas iinstancias a la vencida (art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN)."
- Citas textuales más importantes: ver las transcripciones precedentes (“declarar la inconstitucionalidad del art. 4 de la ley 27.609”; “deberán extenderse las pautas determinadas en el fallo 'Elliff'... hasta febrero de 2009 inclusive”; “deberán ajustarse los cálculos... con la tabla de cálculo... resolución de fecha 13/06/2025, en los autos: 'Gimenez'”; “declarar la inconstitucionalidad del art. 4 inc. 4) de la Res 3/2021 SSS”; “IMPONER las costas de ambas instancias a la vencida”).
- Votos en disidencia: No consta voto en minoría; la resolución fue suscripta por los jueces Jiménez y Tazza; se deja constancia de vacante el tercer cargo.

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